EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA (E) DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia de los causantes …........... MIGUEL ABRAHAM VELÁSQUEZ HENAO Y DABEIBA RESTREPO DE VELÁSQUEZ. Fallecidos de paso por Fresno los días (20) de Febrero de (2006) y (06) de Agosto de (2017), quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía Nos. 2.302.879 y 28.735.294 expedidas en Fresno, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo. Aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 11 de Abril (28) de (2018). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. //////. Se fija este Edicto hoy (28) del mes de Abril de (2018), siendolas 8:00 A.M. /////. Stella Giraldo Martínez. Notario Único E.
8-V-18-H71163
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
ANSERMA - CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la SUCESIÓN DOBLE, INTESTADA E ILÍQUIDA de los causantes REINALDO DE JESÚS HENAO VANEGAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.371.491 expedida en Quinchía, fallecido en el municipio de Anserma, Departamento de Caldas, el tres (03) de Febrero de dos mil dieciocho (2018) e INÉS EMILIA HERNÁNDEZ DE HENAO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.076.530, expedida en Risaralda, fallecida en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el dos (02) de Enero de dos mil quince (2015). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy cinco (05) de Mayo del año dos mil dieciocho (2018) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
8-V-18-H71164
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante señor HÉCTOR FABIO RAMÍREZ REYES y/o FABIO RAMÍREZ REYES, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.307.624 expedida en Manizales y falleció el día 02 de Diciembre del año 2011, en la ciudad de Manizales, siendo Manizales, la ciudad de su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y SIETE (157) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Lunes, SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), LEIDY VIVIANA BOTERO MOLINA.
NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-18-A85825
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante JUAN DOMINGO SUÁREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.305.383 expedida en Manizales y falleció el día 02 de Agosto del año 2016, en el Municipio Chinchiná, siendo la ciudad de Manizales, la ciudad de su ultimo domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y OCHO (158) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2.018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), LEIDY VIVIANA BOTERO MOLINA. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-18-A85826
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación adicional de Herencia INTESTADA, del causante del causante JUAN CARLOS JARAMILLO GIRALDO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.272.470 expedida en Manizales y falleció el día 19 de Mayo de 2013 en el Municipio de Manizales, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Lunes, SIETE (07) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A) LEIDY VIVIANANA BOTERO MOLINA (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-18-A85827
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante señora MAGOLA CHICA DE ARANGO y/o MAGOLA CHICA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.834.412, y falleció el día 22 de Enero de 2018 en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales, la ciudad de su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, siete (7) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Lunes, siete (7) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), LEIDY VIVIANA A BOTERO MOLINA. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-18-A85828
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE CALDAS - MUNICIPIO DE NEIRA
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
Calle 11 No. 8-38. Tel 8537245
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA - CALDAS POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida del señor JOSÉ DUVÁN FRANCO LONDOÑO, fallecido en Neira, el 25 de Abril de 2017, quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía número 4.470.241 expedida en Neira, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Neira-Caldas. Aceptado el trámite en ésta Notaría, según acta número 010 de fecha 02 de Mayo de 2018, se ordena la publicación de éste edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora LA GRAN ESTACIÓN, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy tres (03) de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 08:00 horas de la mañana. EL NOTARIO MARIO RESTREPO HOYOS.
8-V-18-A85829
RADICADO 170013110006-2018-00109-00
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS AVISA Que en auto proferido por este Despacho el 13 abril de 2018, dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA "INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA" promovida por TELLY CASTRILLÓN CASTAÑO identificada con CC. 30318700 se DECRETÓ la Interdicción Provisoria del presunto interdicto ORLANDO VALENCIA MEDINA, con CC. 10246132 y se le nombró como CURADORA PROVISORIA a su esposa TELLY CASTRILLÓN CASTAÑO. Este AVISO se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional, como es la Patria, la República o el Espectador. Manizales, veinticuatro (24) de abril de dos mil dieciocho (2018). ANGÉLICA VIVIANA MUÑOZ ARIAS. Secretaria.
8-5-18-C84512
RADICACIÓN: No. 2018-00109 00
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO MANIZALES CALDAS EMPLAZA: A todos los parientes del presunto interdicto ORLANDO VALENCIA MEDINA (CC. 10246132) señores SEBASTIÁN VALENCIA MEDINA, MARINA VALENCIA MEDINA Y MARTHA VALENCIA MEDINA y demás personas que se consideren con derecho al ejercicio de la guarda de aquél, para que comparezcan al Despacho y hagan valer sus derechos dentro de este proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA - DE PERSONA EN PRESUNTO ESTADO DE DISCAPACIDAD MENTAL - que promueve en este Despacho TELLY CASTRILLÓN CASTAÑO (CC. 30318700) (Artículo 586 del Código General del Proceso en concordancia con el 61 del Código Civil). Este AVISO permanecerá fijado en la secretaría del Juzgado y copia del mismo será publicado en el ESPECTADOR, LA PATRIA O LA REPÚBLICA. Manizales Caldas, veintiséis (26) de abril de dos mil dieciocho (2018). ANGÉLICA VIVIANA MUÑOZ ARIAS. Secretaria.
8-V-18-C84511
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