EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUPÍA, CALDAS A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DE LA CAUSANTE ESTER JULIA OBANDO DE LÓPEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 22.195.896, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue este municipio de Supía, Caldas, fallecida en su orden el siete (7) del mes de Julio de dos mil doce (2012) en Supía Caldas. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy veinte (20) del mes de Diciembre del dos mil diecisiete (2017), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). DALIA MALELY RODRÍGUEZ ZAPATA. NOTARIA ENCARGADA.
19-I-18-H70738
ALCALDÍA MUNICIPAL
CHINCHINÁ - CALDAS
AVISO
El Alcalde Municipal de Chinchiná Caldas hace saber: Que el señor LUIS GONZALO FLÓREZ identificado con la cédula de ciudadanía Número 15.908.877 allegó solicitud de titulación de un bien fiscal ocupado con vivienda de interés social, sobre el bien inmueble ubicado en al Carrera 12 No. 10-16, de propiedad del Municipio de Chinchiná - sobre el cual se encuentra construida una casa de habitación, cuyo Código Catastral actualizado es: 01-00-0134-0004-000 y folio de Matrícula Inmobiliaria matriz o de mayor extensión No. 100-93288 asignado por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Manizales, con un área de 41.80 m2, CUYOS LINDEROS ### NORTE: En 3.80 mts con la carrera 12; ORIENTE: En 11.00 mts con familia Ospina; SUR: En 2.80 mts con zona de protección; OCCIDENTE: En 11.00 mts con predio del Municipio. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley 1001 de 2005 reglamentado por el Decreto 4825 de 2011 que establece: “Las entidades públicas del orden nacional cederán a título gratuito los terrenos de su propiedad que sean bienes fiscales y que haya sido ocupado ilegalmente para vivienda de interés social, siempre y cuando la ocupación ilegal haya ocurrido con anterioridad al treinta (30) de noviembre de 2001. La cesión gratuita se efectuará mediante resolución administrativa a favor de los ocupantes, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos, será plena prueba de la propiedad”. En ese sentido el Municipio de Chinchiná, hace un llamado a todas las personas que eventualmente puedan tener algún derecho sobre el bien inmueble que se pretende ceder a título gratuito, con el fin de que se presenten, ante la Alcaldía de Chinchiná (Caldas), dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del presente aviso, para que ejerza sus derechos. SERGIO LÓPEZ ARIAS. Alcalde Municipal - Chinchiná Caldas.
19-I-18-H70732
EMPLAZAMIENTO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA, CALDAS, EMPLAZA A todas las personas INDETERMINADAS que crean tener derechos sobre el bien materia del proceso declarativo de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio instaurado por JAIR DE JESÚS ÁLVAREZ RENDÓN C.C. 4.593.062 y MARÍA LISNELDA TABARES C.C. 25.213.038 contra DIÓCESIS DE PEREIRA y PERSONAS INDETERMINADAS, radicado 17-777-40-89-001-2017-00258-00, para que concurran al proceso a hacer valer sus derechos sobre el siguiente bien inmueble rural: Dirección: MANGA - SIN DIRECCIÓN. Municipio Supía Caldas. SIN número Matrícula Inmobiliaria. Ficha catastral No. 000000210063000 predio de mayor extensión y ficha catastral No. 000000210063003 para mejora. Linderos predio MAYOR EXTENSIÓN: # POR EL NORTE: Camino a mochilón en 48.58 mts, POR EL SUR: Con el señor ANTONIO GALLEGO MARÍN en 78.72 mts2, POR EL ORIENTE: Con el señor ANTONIO GALLEGO MARÍN en 174,04 mts2, POR EL OCCIDENTE: Con carrera 6ª en L 320,94 mts2 y con el cementerio protestante##. ÁREA: 3 Has. 7.568, 34 m2. Linderos predio MENOR EXTENSIÓN: ## NORTE: Predio 00-00-00-00-0021-0063-0-00-00-0000 y vía pública (zona urbana), ORIENTE: predio 00-00-00-00-0021-0112-0-00-00-0000, predio 00-00-00-00-0021-00114-0-00-00-0000, predio 00-00-00-00-0021-0066-0-00-00-0000 y predio 00-00-00-00-0021-0061-0-00-00-0000, SUR: predio 00-00-00-000021-0061-0-00-00-000 y predio 00-00-00-00-0021-0079-0-00-00-0000; OCCIDENTE: con carretera 6 (zona urbana)### ÁREA 2.810,40 MTS. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la inscripción en el registro de personas emplazadas, surtido este, se designará Curador Ad Lítem si nadie comparece (art. 108 CGP.). GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
19-I-18-H70736
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA, CALDAS EMPLAZA A: Todas las PERSONAS INDETERMINADAS que crean tener derechos sobre el bien materia del proceso declarativo de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio instaurado por MARGARITA RIVERA LEÓN, HÉCTOR ARMANDO RÍOS RIVERA, LUZ AIDE RÍOS RIVERA Y NINI YOHANA RÍOS RIVERA contra personas indeterminadas, radicado 17-777-40-89-001-2017-00055-00, para que concurran al proceso y hagan valer sus derechos sobre el siguiente inmueble, LOTE de terreno denominado EL EDÉN situado en la vereda OBISPO jurisdicción del municipio de SUPÍA - CALDAS. “PREDIO área aproximada de media cuadra, linderos: // Por la parte de abajo con propiedad de HUGO LARGO, por otro costado con propiedad del señor ÓSCAR CASTRILLÓN, por otro costado con propiedad de GUSTAVO JIMÉNEZ y por el frente con la carretera que del municipio de Supía conduce a la vereda la quiebra/// Ficha catastral 177770000000000230117000000000, sin matrícula inmobiliaria. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de esta publicación. GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
19-I-18-H70737
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los familiares y a las personas que se crean con derecho a ejercer la guarda del presunto interdicto señor JOSÉ GERMÁN SALAZAR SOTO con C.C. 10.229.653 conforme a lo normado de los artículos 395 y 586 del C. General del P.; dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, promovido por la señora AMANDA SALAZAR SOTO con C. C. No. 24.324.074 en favor del señor JOSÉ GERMÁN SALAZAR SOTO, a fin de que lo hagan valer dentro de este proceso. El presente edicto permanecerá en la secretaría del Despacho por el término de cinco (5) días y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales, por una sola vez. Manizales, 13 de octubre de 2017. Hora: 8:00 a.m. Radicado: 2017-00268. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
19-I-18-A85091
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL INTESTADA E ILÍQUIDA DE LA CAUSANTE INÉS SOFÍA GIRALDO DE PATIÑO C.C. # 24.284.398 CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 003 DEL 18 DE ENERO DEL AÑO 2018.- SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DIECIOCHO (18) DE ENERO DEL AÑO 2018, SIENDO LAS 8.00. A.M. JAIME ALONSO RAMÍREZ ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
19-I-18-A85095
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante BLANCA VICTORIA ARISTIZÁBAL DE LÓPEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.290.000, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día miércoles, diecisiete (17) de Enero de dos mil dieciocho (2018), mediante Acta número veintiséis (26). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día jueves (18) de Enero de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-I-18-A85098
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