EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO DÉCIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA: Al señor ASDRÚBAL GIRALDO RODRÍGUEZ, para que comparezca a este Despacho Judicial a oír notificación personal del auto fechado seis (06) de julio de dos mil diecisiete (2017) por medio del cual se libró mandamiento ejecutivo a favor de la parte demandante y en contra de la parte demandada, dentro del proceso que seguidamente se relaciona: Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. Demandante: COOPETEC. Demandado: ASDRÚBAL GIRALDO RODRÍGUEZ. Cedula: 1.121.845.014. Radicado: 170014003010-2017-00446-00. PERSONA EMPLAZADA: ASDRÚBAL GIRALDO RODRÍGUEZ. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplía circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO", o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P. M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Si el emplazado no comparece se le designará CURADOR AD-LÍTEM con quien se surtirá la notificación. MAURICIO CASTRO LÓPEZ. SECRETARIO.
27-VIII-17-A84260
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA, DE RIOSUCIO, CALDAS, EMPLAZA: Por el término de 15 días contados a partir de la publicación del edicto, a todas las personas que se consideren con derecho para intervenir o ejercer la guarda del presunto interdicto Sr. ROGER DAVID GONZÁLEZ RINCÓN, en el proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA presentado a través de apoderada judicial por la Sra. BLANCA NUBIA GONZÁLEZ RINCÓN, radicado 2017-00086-00. Para los fines previstos en los artículos 586 y 108 del Código General del Proceso quedan en la Secretaría a disposición de los interesados para su publicación en el diario La Patria de Manizales (Caldas), en la radiodifusora local o en la FM de San Lorenzo. OLGA LUCÍA SOTO GIL. Secretaria.
27-VIII-17-A84244
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EMPLAZA A todos los parientes de la presunto DISCAPACITADO MENTAL señor FERNANDO GALLEGO GIRALDO y demás personas que se consideren con derecho a ejercer la guarda (Art. 446 y 659 Numeral 3° Artículo 42 de la ley 1306 de 2009 y 61 del Código Civill a fin de que lo hagan valer, en el proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL adelantado en este Despacho Judicial por la señora GLORIA PATRICIA GALLEGO GIRALDO, radicado bajo el No. 17001311000520170020000. El presente edicto permanecerá en la Secretaria del Juzgado por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregará a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales por una sola vez durante el término de fijación. Edicto que se publicará conforme a los lineamientos dispuestos por el art. 108 del C. G. del P. Manizales, 17 Agosto 2017. Hora: 8:00 A.M. DARÍO ALONSO AGUIRRE PALOMINO. Secretario.
27-VIII-17-A84245
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES EMPLAZA A los parientes del presunto interdicto VÍCTOR JOSÉ BARRERA ORTIZ identificado con cédula de ciudadanía 10.217.903, y demás personas que se consideren con derecho al ejercicio de la curaduría del citado, dentro del proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA radicado 17001311000320170024700, promovido por DIGNA CECILIA ZULUAGA DE BARRERA. El presente edicto deberá ser publicado por una vez en el Diario La Patria o El Tiempo, un día domingo. Manizales, dos de agosto de dos mil diecisiete. LUZ MARINA YEPES CHISCO. Secretaria.
27-VIII-17-A84248
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES EMPLAZA: A quienes se crean con derecho al ejercicio de la guarda del señor EDINSON O EDISON CALVO CHICA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.288.996, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso de INTERDICCIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, radicado bajo el No. 17001311000120170013900, promovido en su favor por la señora SONIA LILIANA CALVO CHICA. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 586 del Código General del Proceso, se expide el presente EDICTO y se entrega a la parte interesada para su publicación por una sola vez en el Diario La Patria o La República en su edición dominical, como lo establece, el artículo 108 ibídem. Manizales, 4 de agosto de 2017. JUSTO PASTO GÓMEZ GIRALDO. Secretario.
27-VIII-17-A84258
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
ANSERMA-CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO EMPLAZA A todos los que se crean con derecho para intervenir en el proceso de la referencia y para que comparezca a éste Juzgado. Proceso: Sucesión. Causante: Silvio Rincón Ortiz. Apoderado (a): Dr. (a). Andrés Merardo Rincón Bedoya. Radicación: Nro. 17-042-31-84-001-2017-00096. Clase auto: Mediante el cual se emplaza a los que se crean con derecho para intervenir en el proceso sucesorio. De fecha Julio 26 de 2017. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro y de no presentarse la persona emplazada, a quien se le previene que de no comparecer en el término indicado, se procederá a la designación de curador ad lítem, si a ello hubiere lugar, con quien se continuará el trámite del proceso. Se expide para su publicación, por una vez en el diario La Patria" de Manizales en el día domingo. Anserma, Caldas. Agosto 3 de 2017. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
27-VIII-17-H70166
PROCESO: 170013110006-2017-00156-00
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES EMPLAZA A LUZ MERY HERNÁNDEZ GIRALDO, JOSÉ DUCARDO MORALES AGUDELO, ÁNGELA JANETH MORALES HERNÁNDEZ, JONHY ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ y a todos los parientes de la niña ISABEL SOFÍA GIRALDO MORALES para que comparezcan al Despacho y sean oídos dentro de este proceso VERBAL DE TERMINACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD promovido en este despacho por la señora MÓNICA LIZETH MORALES HERNÁNDEZ C.C. 1.060.650.734 (Artículo 395 del Código General del Proceso en concordancia con el 61 del Código Civil). Este AVISO permanecerá fijado en la secretaría del Juzgado y copia del mismo será publicado en el DIARIO LA PATRIA, el día domingo. Manizales, once (11) de agosto de dos mil diecisiete (2017). ANGÉLICA MARÍA VALBUENA HERNÁNDEZ. Secretaria.
27-VIII-17-H70163
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada de la causante MARÍA MELVA CAMPUZANO SEPÚLVEDA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No 24.298.132, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 30 del Dieciocho (18) de Agosto del año dos mil Diecisiete (2017). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los Dieciocho (18) días del mes de Agosto de dos mil Diecisiete (2017). JAIRO VILLEGAS ARANGO. NOTARIO QUINTO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: AGOSTO (19) DE 2017. HORA 8:00 A.M. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: SEPTIEMBRE (01) DE 2017. HORA: 6:30 PM.
27-VIII-17-A84290
EDICTO EMPLAZATORIO
(ART. 293 Y 108 C.G.P)
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A la (s) persona (s) que más adelante se identifica (n), para que se haga (n) presente (s) en el proceso que a continuación se referencia, y reciba (n) notificación personal del auto admisorio de la demanda. PERSONA EMPLAZADA MARÍA ANELETH VALENCIA MAZO CC. 30.323.324. PARTE DEMANDANTE JOSÉ ORLANDO MARÍN CARMONA CC. 10.271.005. PARTE DEMANDADA MARÍA ANELETH VALENCIA MAZO CC. 30.323.324. CLASE DE PROCESO CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO CATÓLICO. RADICACIÓN 17001-31-10-003-2017-00288-00. OBJETO Notificación Auto Interlocutorio No. 539 del 8 de Agosto de 2017, que admite la demanda. LUZ MARINA YEPES CHISCO. SECRETARIA. El emplazamiento debe publicarse por una (1) vez en un diario de amplia circulación local "LA PATRIA" o nacional "EL TIEMPO" durante el día domingo ó en una radiodifusora a nivel local "LA RED DE LOS ANDES" o nacional "EMISORA RCN", cualquier día entre las seis de la mañana y las once de la noche. Art. 108 del C.G.P.
27-VIII-17-A84287
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, EMPL AZA A LA PERSONA QUE MÁS ADELANTE SE IDENTIFICA, PARA QUE COMPAREZCA A ESTE DESPACHO A OÍR NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIBRÓ MANDAMIENTO DE PAGO EN SU CONTRA Y A ESTAR A DERECHO DENTRO DEL PROCESO QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA: CLASE: EJECUTIVO. DEMANDANTE: ARMETALES S.A. DEMANDADA: CLAUDIA MARCELA CARDONA. EMPLAZADA: LA DEMANDADA. EMPLAZAMIENTO QUE DEBERÁ HACERSE EN EL PERIÓDICO LA PATRIA, o EN LA REPÚBLICA, EL DÍA DOMINGO o EN LA EMISORA RCN CUALQUIER DÍA ENTRE LAS SEIS DE LA MAÑANA Y LAS ONCE DE LA NOCHE, DEBIENDO COMPRENDER LA PERMANENCIA DEL CONTENIDO DEL EMPLAZAMIENTO EN LA PÁGINA WEB DEL RESPECTIVO MEDIO DE COMUNICACIÓN, DURANTE EL TÉRMINO DEL EMPLAZAMIENTO. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO QUINCE DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. SE ADVIERTE A LA EMPLAZADA QUE DE NO COMPARECER EN EL TÉRMINO LEGAL, SE LE DESIGNARÁ UN CURADOR AD LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-A84288
EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todos parientes por linea paterna y materna del menor BRAYAN ALEJANDRO HINCAPIÉ HOLGUÍN para que comparezcan al proceso que a continuación se referencia, para ser oídos y se hagan parte en el mismo si a bien lo tienen; así: CLASE DE PROCESO: PRIVACIÓN PATRIA POTESTAD. DEMANDANTE: LUZ MARINA HOLGUÍN ARENAS. DEMANDADO: ARLEY FERNANDO HINCAPIÉ TORRES. PERSONA EMPLAZADA: Parientes por linea paterna y materna del la menor BRAYAN ALEJANDRO HINCAPIÉ HOLGUÍN. FECHA AUTO: Julio 24 de 2017. RADICADO: 17001311000520170024700. De conformidad con los arts. 61, 108 del C.C y 395 del C.G. P., se fija el presente EDICTO en la Secretaría de este Despacho; se entregan copias del mismo para las publicaciones que deberá hacerse por medio de un diario de amplia circulación nacional o en el lugar - LA PATRIA- el día domingo. Manizales, ________. DANIEL FELIPE DÍAZ GUEVARA. Secretario.
27-VIII-17-A84291
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A LA PERSONA QUE MÁS ADELANTE SE IDENTIFICA, PARA QUE COMPAREZCA A ESTE DESPACHO A OÍR NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIBRÓ MANDAMIENTO DE PAGO EN SU CONTRA Y A ESTAR A DERECHO DENTRO DEL PROCESO QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA: CLASE: EJECUTIVO. DEMANDANTE: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOSERVUNAL. DEMANDADA: MARTHA ORELLA JARAMILLO NAVARRO. EMPLAZADA: LA DEMANDADA. EMPLAZAMIENTO QUE DEBERÁ HACERSE EN EL PERIÓDICO LA PATRIA O EN LA REPÚBLICA, EL DÍA DOMINGO o EN LA EMISORA RCN CUALQUIER DÍA ENTRE LAS SEIS DE LA MAÑANA Y LAS ONCE DE LA NOCHE, DEBIENDO COMPRENDER LA PERMANENCIA DEL CONTENIDO DEL EMPLAZAMIENTO EN LA PÁGINA WEB DEL RESPECTIVO MEDIO DE COMUNICACIÓN, DURANTE EL TÉRMINO DEL EMPLAZAMIENTO. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. EL EMPLAZMAIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO QUINCE DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. SE ADVIERTE A LA EMPLAZADA QUE DE NO COMPARECER EN EL TÉRMINO LEGAL, SE LE DESIGNARÁ UN CURADOR AD LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-H70165
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los parientes de la menor EMMANUEL HOLGUÍN GRANADOS, y demás personas que se consideren con derecho a ejercer la guarda de la misma (Art. 395 del C.G.P.) dentro del proceso de PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, promovida a través de Defensora de Familia por la señora VALERIA GRANADOS ESTRADA, con C. de C. No. 1.053.863.219, como representante legal del menor EMMANUEL HOLGUÍN GRANADOS, en contra del señor JUAN CAMILO HOLGUÍN CARDONA con C. de C. No. 1.053.816.911, a fin de que lo hagan valer dentro de este proceso. El presente edicto permanecerá en la secretaría del Despacho por el término de cinco (5) días y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales, por una sola vez. Manizales, 18 de agosto de 2017. Hora: 8:00 a.m. Radicado: 2017-00270. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
27-VIII-17-H70167
NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS
CALLE 3ª No. 7-27
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA - CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante, JOSÉ HELÍ MARÍN ORTIZ C.C. 1.331.751, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Pensilvania, Caldas, quien falleció en la fecha día dieciocho (18) del mes de Diciembre del año dos mil nueve (2009) en la en el municipio de Pensilvania, Caldas, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 021 de fecha veinticinco (25) de Agosto 2017 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, 26 de Agosto de 2017, siendo las 7:00 A.M. NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO. FECHA DE DESFIJACIÓN:
27-VIII-17-H70168
A VISO NOTIFICATORIO
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES-CALDAS, NOTIFICA POR ESTE MEDIO A ALICIA GARCÍA GARCÍA, FRANCISCO JAVIER GARCÍA GARCÍA, LESBIA ROSA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.294.538, OLIVA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.289.410, RUBÉN DARÍO GARCÍA GARCÍA c.c. 75.069.707, TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA (fallecida), BLANCA LIGIA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.278.035, JOSÉ LIBARDO GARCÍA GARCÍA c.c. 10.246.194, residentes en la casa morada ubicada al lado izquierdo del segundo reductor de velocidad de la Vereda La Aurora de Manizales, en su calidad de herederos de la comunera fallecida Tulia Rosa García de García, se les notifica el auto de junio 28 de 2017, proferido en el proceso que a continuación se detalla. CLASE: PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: MARÍA FLORENCIA GRISALES SIERRA c.c. 25.095.172. DEMANDADOS: ALICIA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.282.866, FRANCISCO JAVIER GARCÍA GARCÍA c.c. 10.240.470, LESBIA ROSA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.294.538, OLIVA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.289.410, RUBÉN DARÍO GARCÍA GARCÍA c.c. 75.069.707, TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA (fallecida), BLANCA LIGIA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.278.035, JOSÉ LIBARDO GARCÍA GARCÍA c.c. 10.246.194, Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS. "JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO
Manizales, veintiocho de junio de dos mil diecisiete. Auto interlocutorio Rad. 2015-00114.
Los memoriales allegados por la abogada de la demandante y los certificados adjuntos, incorpórense al proceso verbal de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio formulado por María Florencia Grisales de Sierra contra Alicia García García, Francisco Javier García García, Lesbia Rosa García García, Oliva García García, Rubén Darío García García, Tulia Rosa García de García, Blanca Ligia García García, José Libardo García García y demás personas indeterminadas, para que allí obren y formen parte del expediente. Del certificado de defunción allegado a estas diligencias, se establece que la comunera demandada Tulia Rosa García de García falleció el 23 de agosto de 2016. Ahora bien, contempla el artículo 159 del Código General del Proceso, que el proceso o la actuación posterior a la sentencia se interrumpirá (1) Por muerte, enfermedad grave o privación de la libertad de la parte que no haya estado actuando por conducto de apoderado judicial, representante o curador ad lítem. Por su parte, el art 133 ibídem señala que el proceso es nulo, en todo o en parte “3. Cuando se adelanta después de ocurrida cualquiera de las causales legales de interrupción o de suspensión, o si, en estos casos, se reanuda antes de la oportunidad debida." Revisada la actuación se tiene que en el presente caso se presentó una causal de interrupción que originaría la nulidad de lo actuado a partir de la fecha en que se presentó el insuceso, cual fue el fallecimiento de la codemandada Tulia Rosa García de García, empero con el fin de evitar la declaración de nulidad observada y atendiendo a su saneabilidad al tenor de lo previsto en el numeral 3 del Art. 136 del Código General del Proceso, se dispondrá: 1) Poner en conocimiento de los presuntos afectados el vicio procesos reseñado, que de acuerdo a la documentación aportada lo son los demás comuneros demandados. 2) Dar cumplimiento al artículo 160 de la normatividad ordenando notificar por aviso al cónyuge -si existe- y a los herederos determinados de la copropietaria, que son los demandados, quienes deberán concurrir al juicio en tal calidad dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. 3) Vincular a los herederos indeterminados de la fallecida Tulia Rosa García, para lo cual se procederá a emplazarlos en la forma y términos indicados en el artículo 108 del C. G. del P. La Publicación se hará el día domingo en el Diario La Patria o El Tiempo. Adicionalmente se requerirá a la demandante para que allegue los registros civiles de nacimiento de los herederos determinados, debidamente autenticados, así mismo, informe si de la causante se adelantó o tramita actualmente el sucesorio, caso en el cual deberá aportar copia auténtica de los autos de reconocimiento de herederos. Por lo expuesto, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Manizales, RESUELVE Primero: Poner en conocimiento de los herederos determinados de Tulia Rosa García de García, señores Alicia García García, Francisco Javier García García, Lesbia Rosa García García, Oliva García García, Rubén Darío García García, Tulia Rosa García de García, Blanca Ligia García García, José Libardo García García, la nulidad advertida, al amparo de la causal 3°. del art. 133 del Código General del Proceso, para los efectos contemplados en el numeral 3° del canon 136 ibídem. La notificación se surtirá por aviso, o en su defecto por cualquiera de las formas contempladas en el actual código ritual civil. Segundo: Citar a los mentados herederos determinados para que concurran en tal calidad al juicio, lo que deberán hacer dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación. Vencido este término, o antes cuando comparezcan o designen apoderado se reanudará el trámite del juicio. Tercero: Vincular a los herederos indeterminados de la fallecida Tulia Rosa García, para lo cual se procederá a emplazarlos en la forma y términos indicados en el artículo 108 del C. G. del P. La Publicación se hará el día domingo en el Diario La Patria o en El Tiempo. Cuarto: Requerir a la demandante para que allegue los registros civiles de nacimiento de los herederos determinados, debidamente autenticados, así mismo, informe si de la causante se adelantó o tramita actualmente el sucesorio, caso en el cual deberá aportar copia auténtica de los autos de reconocimiento de herederos. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (LA JUEZ FDO.) ELIANA MARÍA TORO DUQUE”. JUEZ. BEATRIZ ELENA LONDOÑO CARDONA. SECRETARIA.
27-VIII-17-E1
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer:
PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA - PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE JOSÉ LEOPOLDO RUIZ ARANGO. DEMANDADOS LEONARDO RUIZ ARANGO Y PERSONAS INDETERMINADAS. PROVIDENCIA 21 DE NOVIEMBRE DE 2016 QUE ADMITE LA DEMANDA. FOLIO DE MATRÍCULA 100-92408. EL BIEN MATERIA DEL PROCESO ES: "LOTE DE TERRENO SIN DIRECCIÓN, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CLADAS VEREDA EL ARENILLO, DISTINGUIDO EN EL SECTOR CON EL NOMBRE DE SANTA MARÍA, CON UNA CABIDA DE 2539.76 METROS CUADRADOS, CÓDIGO CATASTRAL INTERNO N° 17001020008301a. LINDEROS TÉCNICOS DESCRITOS EN EL PLANO PARA LA FORMALIZACIÓN QUE SE ANEXA A ESTA DEMANDA: ### DEL NODO O VÉRTICE 001 EN COORDENADAS DE NORTE A ESTE EN DISTANCIA DE 19.28 METROS CON VÍA HASTA EL VÉRTICE 002, DEL NODO O VÉRTICE 002 EN COORDENADAS DE NORTE A ESTE EN DISTANCIA DE 40.28 METROS CON LA SEÑORA ESTER JULIA MONTOYA HASTA EL VÉRTICE 003, DEL NODO O VÉRTICE 003 EN COORDENADAS DE NORTE A ESTE EN DISTANCIA DE 49.82 METROS CON EL SEÑOR HERNANDO MEDINA HASTA EL VÉRTICE 004, DEL NODO O VÉRTICE 004 EN COORDENADAS DE NORTE A ESTE EN DISTANCIA DE 41.87 METROS CON EL SEÑOR LEONARDO SANÍN HASTA EL VÉRTICE 005, DEL NODO O VÉRTICE 005 EN COORDENADAS DE NORTE A ESTE EN DISTANCIA DE 178.08 METROS CON EL SEÑOR LEONARDO RUIZ HASTA EL VÉRTICE 001###. El emplazamiento se surtirá en listado que se publicará por una sola vez, un día domingo, en un medio de amplia circulación nacional, ya sea en cualquiera de estos diarios “El Tiempo”, “El Espectador” o “El Colombiano, o “La República” o “La Patria”. La parte interesada allegará al proceso copia informal de la página del diario en donde se hubiere publicado el listado. La publicación debe comprender la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicación, durante el tiempo del emplazamiento (parágrafo segundo art. 108 C.G.P.). Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación de la información por parte del Registro Nacional de Personas Emplazadas. Surtido el emplazamiento, se le designará curador ad lítem, con quien se cumplirá la notificación que se encuentra presente y continuará el proceso. LUZ ADRIANA AGUDELO OSSA. Secretaria.
27-VIII-17-E2
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA: A los HEREDEROS INDETERMINADOS de TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA, para que comparezcan a este Despacho ubicado en la Carrera 23 número 21-48, Of. 705 del Palacio de Justicia "Fanny González Franco" en Manizales, a EFECTOS de NOTIFICARSE personalmente del auto admisorio de la demanda de fecha cinco -05- de septiembre de dos mil dieciséis -2016-, mediante el cual se admitió la demanda que seguidamente se relaciona y el auto de fecha dieciséis -16- de junio de dos mil diecisiete -2017-, mediante el cual se ordenó citar a los mencionados herederos indeterminados de TULIA ROSA GARCÍA GARCÍA, como litisconsorcios necesarios de la parte demandada. DEMANDA VERBAL SUMARIO DE. DEMANDANTE FRANCISCO JAVIER GARCÍA GARCÍA C.C. 10.240.470. DEMANDADOS: JOSE LIBARDO GARCÍA GARCÍA C.C. 10.246.194. BLANCA LIGIA GARCÍA GARCÍA C.C. 30.278.035. ALICIA GARCÍA GARCÍA C.C. 30.282.866. OLIVA GARCÍA GARCÍA C.C. 30.289.410. LESBIA ROSA GARCÍA GARCÍA C.C. 30.294.538. RUBÉN DARÍO GARCÍA GARCÍA C.C. 75.069.707, DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS Y LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA 24.268.337. RADICADO 17001-40-03-010-2016-00371-00. EMPLAZADOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA C.C. 24.268.337.
EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DEL LISTADO. SE LE ADVIERTE A LOS EMPLAZADOS QUE DE NO COMPARECER AL PROCESO SE LES DESIGNARÁ CURADOR AD-LÍTEM, CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. NUMERAL 8º DEL ART. 375 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO DEBERÁ EFECTUARSE EN LOS DIARIOS LA REPÚBLICA O LA PATRIA DE AMPLIA CIRCULACIÓN NACIONAL DEL DÍA DOMINGO O EN LAS EMISORAS CON CUBRIMIENTO NACIONAL DE “CARACOL” O RCN RADIO CADENA NACIONAL CUALQUIER DÍA ENTRE LAS 6:00 A.M. Y LAS 11:00 P.M. Y DEBE COMPRENDER LA PERMANENCIA DEL CONTENIDO DEL EMPLAZAMIENTO EN LA PÁGINA WEB DEL RESPECTIVO MEDIO DE COMUNICACIÓN, DURANTE EL TÉRMINO DEL EMPLAZAMIENTO, (PARÁGRAFO 2º DEL ARTÍCULO 108 DEL C. G. DEL PROCESO). NATALIA ANDREA RAMÍREZ MONTES. SECRETARIA.
27-VIII-17-E-3
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL
MANIZALES - CALDAS
LISTADO DE EMPLAZAMIENTO
RADICADO 17001-40-03-003-2016-00682-00.
NATURALEZA DEL PROCESO DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
PARTE DEMANDANTE - BERTULFO HENAO VALENCIA y JESÚS FRANCO LÓPEZ.
PARTES DEMANDADAS JOSÉ FERNANDO ARISTIZÁBAL, MARTHA ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ, CONSUELO ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ, NELLY ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ, LUIS ORLANDO ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ, JORGE ENRIQUE ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS.
PERSONAS EMPLAZADAS LUIS ORLANDO ARISTIZÁBAL SÁNCHEZ, y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS.
La publicación se realizará por una sola vez en uno cualquiera de los siguientes diarios: "EL ESPECTADOR" "EL TIEMPO" o "LA REPÚBLICA" en su editorial dominical, o en una de las emisoras con cubrimiento nacional: CARACOL, RCN RADIO CADENA NACIONAL o TODELAR, cualquier día entre las seis de la mañana (6.A.M.) y la once de la noche (11 P.M.), acorde con lo estipulado en el artículo 108 C.G.P. ÁNGELA BIBIANA BUITRAGO OROZCO. SECRETARIA.
27-VIII-17-E-4
EDICTO EMPLAZATORIO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL EMPLAZA A CÉSAR ALONSO GARCÍA VALENCIA, CEŚAR ORLANDO GARCÍA VALENCIA Y LAS PERSONAS INDETERMINADAS PARA QUE EN EL TÉRMINO DE FIJACIÓN DE ESTE EDICTO COMPAREZCAN A ESTE DESPACHO A OÍR NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO QUE ADMITIÓ LA DEMANDA Y A ESTAR A DERECHO DENTRO DEL PROCESO QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA: PROCESO: DECLARACIÓN DE PERTENENCIA. DEMANDANTE: JOSÉ RODRIGO CASTAÑO. DEMANDADOS ALICIA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.282.866, BLANCA LIGIA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.278.035, FRANCISCO JAVIER GARCÍA GARCÍA c.c. 10.240.470, JORGE ELIÉCER GARCÍA GARCÍA C.C. desconocida, LESBIA ROSA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.294.538, RUBÉN DARÍO GARCÍA GARCÍA c.c. 75.069.707, CÉSAR ALONSO GARCÍA VALENCIA c.c desconocida, CÉSAR ORLANDO GARCÍA VALENCIA c.c. desconocida, JOSÉ LIBARDO GARCÍA GARCÍA c.c. 10.246.194, OLIVA GARCÍA GARCÍA c.c. 30.298.410 Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICADO: 17001400300220170010900. FECHA AUTO: 29 DE MARZO DE 2017. EMPLAZADOS CEŚAR ALONSO GARCÍA VALENCIA, CÉSAR ORLANDO GARCÍA VALENCIA de quienes se desconoce el número de identificación y PERSONAS INDETERMINADAS. PREDIO: Inmueble con matrícula inmobiliaria No. 100-120965 que se encuentra ubicado en la Vereda La Aurora de Manizales, CALDAS, el cual es un bien inmueble y/o globo de mayor extensión, donde se encuentra el bien inmueble con código catastral interno No. 17001000100100092a. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado. Si la (s) persona (s) emplazada (s) no comparece (n) se le (s) designará CURADOR AD LÍTEM con quien se surtirá la notificación. FELIPE DEL RÍO ARROYAVE. SECRETARIO.
27-VIII-17-E5
EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: Los señores demandados a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien inmueble que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que seguidamente se referencia.
PROCESO: VERBAL DE PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: MARÍA LEONOR MURILLO FRANCO. JOSÉ FERNANDO CARDONA GALLEGO. JOSÉ ALBERTO GARCÍA PATIÑO C.C. 24.757.308 - 75.001.991 - 93.418.126. APODERADO: ALEJANDRA BOTERO RODRÍGUEZ. DEMANDADO: ANDRÉS MEJÍA TRUJILLO Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS C.C 10.228.998. RADICADO: 17001-4003-005-2017-00113-00. FOLIO DE MATRÍCULA DEL INMUEBLE OBJETO DEL PROCESO: 100-156675. Prescripción alegada: Extraordinaria adquisitiva de dominio. Fecha del auto de admisión de la demanda: 05 de Julio 2017. Bien objeto de usucapión de MARÍA LEONOR MURILLO FRANCO: predio de menor extensión denominado "EL TOPACIO" y cuyos linderos son los siguientes: Del nodo o vértice 001 en dirección suroeste en distancia de 20,86 metros con vía de acceso hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en dirección norte en distancia de 40,00 metros con JOSÉ FERNANDO CARDONA GALLEGO hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en dirección sureste en distancia de 13,83 metros con ANDRES MEJÍA hasta el vértice 001". Bien objeto de usucapión de JOSÉ FERNANDO CARDONA GALLEGO: predio de menor extensión denominado "EL CORRALITO" y cuyos linderos son los siguientes: Del nodo o vértice 001 en dirección sur en distancia de 32,84 metros con vía de acceso hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en dirección oeste en distancia de 38,81 metros con ANDRÉS MEJÍA TRUJILLO hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en dirección norte en distancia de 93,46 metros con CAÑO hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en dirección suroeste en distancia de 31,77 metros con ANDRÉS GARCÍA TRUJILLO hasta el vértice 005, del nodo o vértice 005 en dirección suroeste en distancia de 40,00 metros con MARÍA LEONOR MURILLO FRANCO hasta el vértice 001". Bien objeto de usucapión de JOSÉ ALBERTO GARCÍA PATIÑO: predio de menor extensión denominado "LA ESMERALDA" y cuyos linderos son los siguientes: Del nodo o vértice 001 en dirección sur en distancia de 31,77 metros con vía de acceso hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en dirección oeste en distancia de 38,43 metros con ANDRÉS MEJÍA TRUJILLO hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en dirección norte en distancia de 20,64 metros con CAÑADA LA TRINIDAD hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en dirección oeste en distancia de 38,81 metros con JOSÉ FERNANDO CARDONA GALLEGO hasta el vértice 001”. El anterior predio de menor extensión se pertenece al bien inmueble de mayor extensión identificado con folio de matrícula inmobiliaria 100-156675, ubicado en la vereda San Peregrino, vía que de Manizales conduce a Chinchiná, del munciipio de Manizales, Caldas, alinderado de manera general así: Por el Norte: con propiedad del señor Luis Fernando Mejía Serna; por el Sur: con lote de la señora Claudia Montes Mejía; por el Oriente: con terreno de propiedad del señor Andrés Mejía Trujillo, y por el Occidente: con predio del señor Andrés Fernando García Restrepo. Se le advierte a las personas emplazadas que, una vez efectuada la presente publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas el cual publicará la inforamción remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro, vencidos los cuales, y si no comparecen se entenderá surtido el emplazamiento y se procederá a designárseles curador ad-lítem, el cual los representará en el proceso de la referencia. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de curador ad lítem, si a ello hubiera lugar. NATALIA GÓMEZ CASTAÑO. SECRETARIA.
27-VIII-17-E6
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
EDICTO EMPLAZATORIO
Art. 108 Del Código General del Proceso
El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Manizales emplaza a las personas que más adelante se individualizan en el siguiente proceso: Clase proceso: Verbal Pertenencia Por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de dominio. BIEN RURAL DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA.
RADICADO: 2017-00128. PROCESO VERBAL - PERTENENCIA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO -BIEN RURAL DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA. DEMANDANTE: FABIO ANTONIO SÁNCHEZ REYES. DEMANDADOS: ABELARDO SÁNCHEZ REYES, LUZ STELLA SÁNCHEZ DE GARCÍA, JOSÉ OMAR SÁNCHEZ REYES, ÁNGEL GABRIEL SÁNCHEZ REYES, ROSA AMELIA SÁNCHEZ REYES, MARÍA DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ REYES. MARÍA PUREZA SÁNCHEZ REYES como herederos determinados de ANA LUCÍA SÁNCHEZ REYES. HEREDEROS INDETERMINADOS DE ANA LUCÍA SÁNCHEZ REYES. HEREDEROS INDETEMINADOS DE ROSA AMELIA SÁNCHEZ REYES Y SUS HEREDEROS DETERMINADOS, SIENDO ESTOS LOS SEÑORES MARÍA LUCILA ACEVEDO SÁNCHEZ, LIBARDO ANTONIO ACEVEDO SÁNCHEZ. RUBÉN DARÍO ACEVEDO SÁNCHEZ, JUAN PABLO ACEVEDO SÁNCHEZ (HIJOS) Y JUAN RAMÓN ACEVEDO VALENCIA EN CALIDAD DE CÓNYUGE SUPERSTITE DE LA SEÑORA ROSA AMELIA SÁNCHEZ. MARÍA IDALID ORTIZ OROZCO, ROBERTO DE JESÚS SANCHEZ ORTIZ. JORGE EDUARDO SÁNCHEZ OJEDA. JOSÉ MERARDO SÁNCHEZ OJEDA. NELSON ENRIQUE SÁNCHEZ OJEDA en calidad de HEREDEROS DETERMINADOS DE ELENA OJEDA DE SÁNCHEZ. HEREDEROS INDETERMINADOS DE ELENA OJEDA DE SÁNCHEZ REYES Y PERSONAS INDETERMINADAS. Fecha auto que ordena el emplazamiento: Agosto 3 de 2017. Emplazados: HEREDEROS INDETERMINADOS DE ANA LUCÍA SÁNCHEZ REYES. HEREDEROS INDETERMINADOS DE ROSA AMELIA SÁNCHEZ REYES. HEREDEROS INDETERMINADOS DE ELENA OJEDA DE SÁNCHEZ REYES. Y PERSONAS INDETRMINADAS. GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria.
27-VIII-17-E7
EDICTO EMPLAZATORIO
JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el predio de menor extensión conocido como lote 1 con cabida de 125,02 m2, con código catastral interno No. 170010200160032 que hace parte del de mayor extensión, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 100-44843, ubicado en la vereda Alto el Naranjo de esta jurisdicción, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que se relaciona: PROCESO: VERBAL ESPECIAL "TITULACIÓN DE LA PROPIEDAD". DEMANDANTE: ENDERSON MEJÍA FRANCO. DEMANDADOS: ALONSO QUINTERO JARAMILLO Y OTROS. RADICADO: 1001-40-03-010-2017-00168-00. Linderos predio de menor extensión: 1. Linderos técnicos "Del nodo o vértice 001 en coordenadas Sureste en distancia de 6.03 metros con VÍA hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en coordenadas Suroeste en distancia de 20.44 metro con JOSÉ OMAR CARDONA hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en coordenadas Noroeste en distancia de 6,23 metros con vía hasta el vértice 004 del nodo o vértice 004 en coordenadas Noroeste en distancia de 20,35 metros con MARÍA INÉS FRANCO DUQUE hasta el vértice 001, punto de partida###. linderos de predio de mayor extensión Lote de terreno ubicado en la vereda Alto el Naranjo, con ficha catastral 00020016011700, individualizado por los siguientes linderos: ###Camino de la Suiza siguiendo de para abajo hasta llegar al mojón de piedra que está en el lindero con Jesús García; de allí siguiendo hacia abajo lindando con propiedad del citado García ###. Se les advierte a los emplazados, que de no comparecer en el término de 15 días, después de publicada la información en el Registro Nacional de Emplazados, se nombrará Curador Ad-lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el trámite procesal hasta su terminación -art. 108 CGP. El presente edicto se publicará por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, bien en la Patria o en el Tiempo, el cual deberá hacerse el día domingo. OLGA PATRICIA GRANADA OSPINA. SECRETARIA.
27-VIII-17-E8
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE VERBAL ESPECIAL - TITULACIÓN DE LA POSESIÓN CONSAGRADO EN LA LEY 1561 DE 2012. DEMANDANTE: ORLANDO DE JESÚS VERGARA LÓPEZ. DEMANDADO: JESÚS HERNEY, NIDIA SOCORRO, JOSÉ RENÉ, GLORIA ELCY, ANA MARÍA y BLANCA NANCY CEBALLOS GIRALDO EN SU PROPIO NOMBRE Y COMO HEREDEROS DETERMINADOS DEL CAUSANTE NÉSTOR CEBALLOS BARCO, HEREDEROS INDETERMINADOS DEL MISMO CAUSANTE Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170019600. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Predio rural denominado EL GUADUALITO, ubicado en la Vereda La Cuchilla del Salado, Jurisdicción del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 94.64 metros cuadrados, con código catastral interno 170010100200115, alinderado así: ###Del nodo o vértice 001 en dirección Este en distancia de 7.14 metros con JOSÉ RENÉ CEBALLOS hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en dirección sur en distancia de 7.66 metros con ALFONSO MARTÍNEZ hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en dirección Oeste en distancia de 10.45 metros con FUNDA PAZ hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en dirección Norte en distancia de 9.97 metros con ORLANDO DE JESÚS VERGARA hasta el vértice 005, del nodo o vértice 005 en dirección Este en distancia de 2.55 metros con MARÍA NIDIA CEBALLOS hasta el vértice 006, del nodo o vértice 006 en dirección Este en distancia de 1.43 metros con SERVIDUMBRE hasta el vértice 001###. PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN El anterior lote hace parte del predio de mayor extensión así: Lote de terreno mejorado con casa de habitación ubicado en la Vereda La Cuchilla del Salado, Jurisdicción del Municipio de Manizales, Caldas, alinderado así: ### Por el norte, en extensión de 16 metros con propiedad de LUIS ALFONSO MARTÍNEZ, antes de la vendedora; Por el sur, en 16 metros, más o menos con predio de ALIRIO LÓPEZ; Por el oriente, o sea el frente, en extensión de 12 metros más o menos, con la carretera que conduce a la Cuchilla del Salado, y por el Occidente, con predio de LUIS ALFONSO MARTÍNEZ, antes de la vendedora ANA MARÍA BARCO VIUDA DE CEBALLOS###. Este predio se distingue con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-11482 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, Caldas, y conforme a este certificado este predio consta de 12 metros, por la carrera que conduce a la Cuchilla del Salado por 16 metros de centro. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C.G.P. en el Registro Nacional de Personas Emplazadas inc. 6 artículo 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD LÍTEM, con quien se surtirá la notificación. Manizales, Caldas, Julio 13 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E-9
LISTADO PARA EMPLAZAMIENTO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A la PERSONA que más adelante se identifica como EMPLAZADO, para que comparezca a este Despacho ubicado en el Palacio de Justicia FANNY GONZÁLEZ FRANCO, Piso 8, Oficina 803, con el fin de oír notificación personal del auto admisorio de la demanda, en el proceso que seguidamente se relaciona: CLASE VERBAL ESPECIAL - TITULACIÓN DE LA POSESIÓN CONSAGRADO EN LA LEY 1561 DE 2012. DEMANDANTE: ORLANDO DE JESÚS VERGARA LÓPEZ. DEMANDADO: JESÚS HERNEY, NIDIA SOCORRO, JOSE RENÉ, GLORIA ELCY, ANA MARÍA y BLANCA NANCY CEBALLOS GIRALDO EN SU PROPIO NOMBRE Y COMO HEREDEROS DETERMINADOS DEL CAUSANTE NÉSTOR CEBALLOS BARCO, HEREDEROS INDETERMINADOS DEL MISMO CAUSANTE Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170019600. EMPLAZADOS: HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE NÉSTOR CEBALLOS BARCO. Se advierte al emplazado que de no comparecer, se le nombrará CURADOR AD - LÍTEM, con quien se surtirá la notificación. El listado deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la EMISORA RCN cualquier día entre las seis de la mañana y las once de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de este listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Art. 108 del C.G.P.). Manizales, Caldas, Julio 13 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E-10
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE VERBAL ESPECIAL - TITULACIÓN DE LA POSESIÓN CONSAGRADO EN LA LEY 1561 DE 2012. DEMANDANTE: DORALBA CASTRO JARAMILLO. DEMANDADO: MARÍA OBELIA GIRALDO TREJOS Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170027800. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Predio rural denominado NIRVANA, ubicado en la Vereda Alto del Zarzo, Sector Hoyo Frío según catastro y vereda la Selva según el POT, del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 112.19 metros cuadrados, alinderado así: ###Del nodo o vértice 001 en coordenadas Suroeste en distancia de 29.29 metros con ANTONIO JOSÉ OROZCO hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en coordenadas Noreste en distancia de 22.38 metros con VÍA VEREDAL hasta el vértice 001, punto de partida###. PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN El anterior lote hace parte del predio de mayor extensión denominado LA CUSTODIA, ubicado en la Vereda Alto del Zarzo, Sector Hoyo Frío según catastro y vereda la Selva según el POT, del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida aproximada de 7.000 metros cuadrados, el cual está conformado por dos lotes de terreno, que están unidos entre sí, alinderados así: a). ###De un mojón de piedra que está en la orilla del camino viejo que gira para Chinchiná; de aquí línea recta a un mojón de piedra que está al pie de un nacedero, lindando con la propiedad de María Lilia Osorio de Aguirre; de aquí en travesía a otro mojón de piedra que está al pie de otro nacedero; de aquí en línea recta a un mojón de piedra que está a la orilla del camino viejo que va a Chinchiná, punto de partida###. b) ###De un mojón de piedra que está al pie de la falta de la cuchilla; camino arriba a otro mojón de piedra que está al pie de un nogal; de aquí a otro que está en la falda, lindero que está en la misma falta, lindero con Dolores Morales, de aquí línea recta, lindando con Rosalba Morales, al punto de partida###. Este predio se distingue con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-42849 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, Caldas. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazameinto se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C.G.P., en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Inciso 6, art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD LÍTEM con quien se surtirá la notificación. Manizales, Caldas, Julio 24 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E11
EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A: Las personas que más adelante se identifican, para que comparezcan a este Despacho Judicial a notificarse personalmente del auto fechado TREINTA Y UNO (31) DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE (2017), que libró mandamiento de pago en su contra, y a estar a derecho dentro del proceso que seguidamente se relaciona y que ha sido propuesto en su contra: PROCEDENTE: JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL. CLASE: DEMANDA EJECUTIVA. DEMANDANTE: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. DEMANDADO: ALEXÁNDER PIEDRAHÍTA DUQUE. C.C: 4.414.255. RADICADO: 2017-00220-00. PERSONAS EMPLAZADAS: ALEXÁNDER PIEDRAHÍTA DUQUE. Se advierte al emplazado que de no comparecer se le designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación de conformidad con lo expuesto por el artículo 293 del Código General del Proceso. NATALIA GÓMEZ CASTAÑO. SECRETARIA.
27-VIII-17-A84300
EL JUZGADO DÉCIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA: Al señor WILDER FAJARDO GONZÁLEZ, para que comparezca a este Despacho Judicial a oír notificación personal del auto fechado veintiocho (28) de abril de dos mil diecisiete (2017) por medio del cual se admitió la demanda reivindicatoria a favor de la parte demandante y en contra de la parte demandada, dentro del proceso que seguidamente se relaciona: PROCESO: REINVINDICATORIO. DEMANDANTE: JUAN CARLOS HINCAPIÉ SÁNCHEZ. CÉDULA: 10.269.298. DEMANDANTE: LUZ ESTELLA HINCAPIÉ SÁNCHEZ. CÉDULA: 30.303.608. DEMANDANTE: VICENTE EMILIO HINCAPIÉ MEDINA. CÉDULA: 4.324.200. DEMANDADO: WILDER FAJARDO GONZALES. CÉDULA: 7.536.790. RADICADO: 17001-40-03-010-2017-00154-00. PERSONA EMPLAZADA: WILDER FAJARDO GONZALES. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplía circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO", o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P. M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas.
Si el emplazado no comparece se le designará CURADOR AD-LÍTEM con quien se surtirá, la notificación. MAURICIO CASTRO LÓPEZ. SECRETARIO.
27-VIII-17-A84301
EDICTO
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL conformada entre DIOFELIA CALDERÓN CASTAÑO y ALONSO CASTAÑO HERNÁNDEZ para que hagan valer sus créditos dentro del proceso de LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL 170013110006-2017-00006-00, promovido ante este despacho judicial por DIOFELIA CALDERÓN CASTAÑO contra ALONSO CASTAÑO HERNÁNDEZ. Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 523 del Código General del Proceso, se fija el presente EDICTO en lugar público y visible de la secretaría del Juzgado, por el término de DIEZ (10) DÍAS, hoy veinte (20) de junio de dos mil diecisiete (2017) siendo las ocho (08:00) de la mañana. ANGÉLICA MARÍA VALBUENA HERNÁNDEZ. SECRETARIA.
27-VIII-17-A84296
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL MANIZALES - CALDAS
EDICTO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA de los causantes LUIS EMILIO RODRÍGUEZ GARCÍA y CARMEN TERESA DUQUE DE RODRÍGUEZ, fallecidos en esta ciudad los días 23 de julio de 2003 y 26 de diciembre de 2014, respectivamente, siendo éste su último domicilio, proceso que ha sido abierto y radicado en el juzgado bajo el número 170014003007-2017-00531-00 mediante auto de fecha 8 de agosto de 2017. Este emplazamiento deberá ser publicado en el periódico La Patria el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Art. 108 del C.G.P.). Manizales, Caldas, Agosto 15 de 2017. MARIBEL BA RERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-A84298
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
EDICTO EMPLAZATORIO
Art. 108 Del Código General del Proceso
El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Manizales emplaza a las personas que más adelante se individualizan en el siguiente proceso: Clase proceso: Verbal Pertenencia Por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de dominio. BIEN RURAL DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA.
RADICADO: 2015-00371. DEMANDANTES: CARLOS ARTURO OSORIO LOAIZA. MARÍA SARA HINCAPIÉ DE GÁLVEZ, PEDRO NEL HINCAPIÉ MURILLO, AZAEL DE JESÚS RUEDA SERNA. DEMANDADOS: MARÍA LUISA HENAO DE HENAO. JOSÉ BERNARDO HENAO JARAMILLO. BEATRIZ XIMENA BLANDÓN LONDOÑO. MARÍA LIGIA, EDILMA, MARÍA FANNY Y LILIANA HINCAPIÉ BUITRAGO. BLANCA AURORA HINCAPIÉ DE BUITRAGO. GLORIA MERCEDES GÓMEZ JARAMILLO. SOCIEDAD MACADAMIAS DEL PEÑÓN EN COMANDITA POR ACCIONES. NUECES SOCIEDAD EN C POR ACCIONES, JOSÉ HUMBERTO Y JOSÉ ALIRIO HINCAPIÉ HINCAPIÉ. LUZ DARY MORALES CASTAÑEDA. JOSÉ MANUEL MURILLO MORALES. LEONARDO HINCAPIÉ BUITRAGO. HENRY ALBERTO HINCAPIÉ SALAZAR. HEREDEROS DETERMINADOS DEL SEÑOR DANIEL DE JESÚS MURILLO HINCAPIÉ (JORGE, MARY LUZ Y MIRIAN MURILLO ZAPATA). HEREDEROS INDETERMINADOS DE DANIEL DE JESÚS MURILLO HINCAPIÉ Y PERSONAS INDETERMINADAS. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN - LOTE DE TERRENO DENOMINADO "LA SOMBRA" UBICADO EN EL ÁREA RURAL, VEREDA EL CHOLO JURISDICCCIÓN DEL MUNICIPIO DE NEIRA, DEPARTAMENTO DE CALDAS. FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA DEL PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN: 110-5416. Fecha auto que ordena nuevamente el emplazamiento: Julio 13 de 2017. Emplazados: HEREDEROS INDETERMINADOS DE DANIEL DE JESÚS MURILLO HINCAPIÉ Y PERSONAS INDETERMINADAS. GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria.
27-VIII-17-A84293
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARINA GRANADA DE VILLEGAS, CON CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 24.251.709, Y, TESTADA DEL CAUSANTE HERNÁN VILLEGAS GALARZA, CON CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 1.194.820, quienes fallecieron en la ciudad de Manizales, los el día ocho (08) de junio de 1984 y dieciséis (16) de marzo de 2017; cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CIENTO SIETE (#107) DEL VEINTICINCO (25) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017); se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación en Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy veinticinco (25) de agosto del año dos mil diecisiete (2017), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) -
27-VIII-17-A84295
DISTRITO JUDICIAL DE CALDAS
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
Palacio de Justicia, Oficina 101
Teléfono 855-0314
Manzanares, Caldas
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MANZANARES, CALDAS, EMPLAZA: A la persona que más adelante se relaciona para que comparezca a este Juzgado ubicado en la Calle 4ª No. 4-23, Oficina 101, Teléfono 8550314, a recibir notificación de mandamiento de pago librado en su contra dentro del proceso que igualmente se detallara: Proceso: Deslinde y Amojonamiento. Demandante: Wilson Montes Castrillón. Demandados: Luis Ángel Giraldo Jiménez y Otros. RADICADO: 174334089001-2016-00113-00. A los HEREDEROS INDETERMINADOS de la causante SUSANA GIRALDO VDA. DE MARULANDA, concurran a recibir notificación del auto del veinticinco (25) de octubre del año dos mil dieciséis (2016) mediante el cual se admitió la demanda en su contra y a favor del demandnte. Se advierte que la acreditación de la publicación del prEsente edicto, se remItirá ante el Registro Nacional de Personas Emplazadas, el emplazamiento quedará surtido quince (15) días después de pulblicada la información en dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designacón del curador ad lítem con quien se surtirá la notificación y se continuará con el trámite normal del proceso. Manzanares, Caldas, 23 de agosto de 2017. MILENA ARIAS SERNA. Secretaria.
27-VIII-17-H70172
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO DÉCIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS, para que comparezcan a este Despacho ubicado en la Carrera 23 número 21 - 48, Of. 703 del Palacio de Justicia "Fanny González Franco" en Manizales, a EFECTOS de NOTIFICARSE personalmente del auto del 22 de MAYO de 2017, en el que se ordenó Admitir demanda que seguidamente se relaciona: PROCESO: VERBAL - PERTENENCIA. DEMANDANTE: MIGUEL ÁNGEL USMA - RUBIEL MUÑOZ GUTIÉRREZ- LUZ MARINA CRUZ- ROSA ELENA CASTAÑO. CÉDULA: 10.227.382 - 15.955.223 - 24.236.729 - 24.325.530. DEMANDADOS: FRANCISCO JAVIER GARCÍA- BLANCA GARCÍA GARCÍA- OLIVIA GARCÍA GARCÍA -HEREDEROS DETERMINADOS e INDETERMINADOS DE TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA y demás personas indeterminadas. RADICADO: 17001-40-03-010-2017-00293-00. EMPLAZADOS: PERSONAS INDETERMINADAS. EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DEL LISTADO. SE LE ADVIERTE A LOS EMPLAZADOS QUE DE NO COMPARECER AL PROCESO SE LES DESIGNARÁ CURADOR AD-LÍTEM, CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN, NUMERAL 8º DEL ART. 375 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO DEBERÁ EFECTUARSE EN LOS DIARIOS LA REPÚBLICA O LA PATRIA DE AMPLIA CIRCULACIÓN NACIONAL EL DÍA DOMINGO O EN LAS EMISORAS CON CUBRIMIENTO NACIONAL DE "CARACOL" O RCN RADIO CADENA NACIONAL CUALQUIER DÍA ENTRE LAS 6:00 A.M. Y 11:00 P.M. MAURICIO CASTRO LÓPEZ. SECRETARIO.
27-VIII-17-E12
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE VERBAL ESPECIAL - TITULACIÓN DE LA POSESIÓN CONSAGRADO EN LA LEY 1561 DE 2012. DEMANDANTE: JOSÉ BERNARDO DAZA PARRA. DEMANDADO: CARLOS ALBERTO GRAJALES MARULANDA Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170031000. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Predio rural denominado BUENOS AIRES, ubicado en la Vereda Guacaica, del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 7.516.65 metros cuadrados, alinderado así: ###Del nodo o vértice 001 en coordenadas Este en distancia de 43.93 metros con VÍCTOR ALZATE hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en coordenadas Sur en distancia de 112.59 metros con OLGA VARGAS hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en coordenadas Oeste en distancia de 80.96 metros con LUZ EDITH GONZÁLEZ hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en coordenadas Noreste- Noroeste en distancia de 168.54 metros con CARLOS ALBERTO GRAJALES MARULANDA hasta el vértice 001, punto de partida###. PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN El anterior lote hace parte del predio de mayor extensión denominado SANTA CLARA, ubicado en la Vereda Guacaica, del Municipio de Manizales, Caldas, con área de 2-000 Has., alinderado así: A). ###De un mojón que se colocó en el borde de la Quebrada Santa Rita donde da esa quebrada una vuelta, con lote adjudicado a Félix Antonio Hoyos; línea recta hacia arriba, lindando con el mismo a un mojón que se colocó donde despuntan dos cabuyales y se encuentra con terreno de Ramón Sánchez hacia abajo lindero con terreno de Sánchez y luego con terreno de Luis ángel Escobar hasta encontrar lindero con terreno de José Quintero y otro; siguiendo el lindero con éstos a la quebrada Santa Rita con lote adjudicado a Alejandro Hoyos hasta un salto que la misma quebrada, hacia arriba lindero con lote adjudicado a Alejandro Hoyos hasta un mojón que se coloca al pie de una mata de cabuya de travesía lindando con lote adjudicado a Modesto Hoyos Z., a una peña siguiendo lindando (sic) con este lote al mojón de la quebrada primer lindero. ### B) Pequeño lote de terreno situado en el mismo paraje que forma un solo globo con el anterior, lote que está encerrado por los siguientes linderos: ### Por la parte alta con lote de Miguel Hoyos Z, o sea con el mismo que se vende, por un lado con una quebrada hacia abajo, por el lado, con otra quebrada que se encuentra en la parte misma y encierra el lote###. C) Pequeño lote de terreno donde está ubicada la mayor parte de la casa de habitación del inmueble alinderado bajo la letra (A), lote que tiene 14,00 metros de frente por 20.00 metros de centro, lote que tiene los siguientes linderos: ### Partiendo de un mojón de piedra que se colocó o clavó frente a una caña de azúcar en lindero con la finca prometida en venta (sic) y Félix Hoyos, subiendo en línea recta hasta un mojón de piedra que se clavó frente a la cruceta de la luz que llega a la casa, lindando con el mismo vendedor; este lado o frente tiene una extensión de 14.00 metros de allí vuelve de travesía en línea recta a 30.00 metros de distancia de la casa lindando con el vendedor a dar a un mojón de piedra, este frente mide 20.00 metros, de este bajando a otro mojón de piedra que puso al pie de una mata de cabuya lindero con propiedad del mismo vendedor por donde sigue el lindero que divide ambos predios a llegar al primer mojón punto de partida###. De acuerdo a la escritura pública No. 388 del 3 de febrero de 2012 el área total de los tres lotes es de cinco (5) hectáreas aproximadamente; distinguido con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-24301 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, Caldas. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) dias después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C..G.P., en el Registro Nacional de Personas Emplazadas inciso 6 Art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD - LÍTEM con quien se surtirá la notificación. Manizales, Caldas, Julio 24 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E13
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: OMAIRA LOAIZA CARDONA. DEMANDADO: MARÍA NUBIA Y MARÍA ADRIANA BLANDÓN SALGADO. PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170040300.
BIENES OBJETO DE LA DEMANDA Se trata del predio denominado LAS BRISAS II, ubicado en la vereda La Aurora, paraje La Unión o Morrogacho del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 70.56 metros cuadrados y comprendido dentro de los siguientes linderos: ###Del nodo o vértice 001 en dirección sureste con distancia de 3.50 metros con la vía de acceso a la Aurora hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en dirección suroeste con distancia de 20.23 metros con CARMEN EMILIA MONTES DE MUÑOZ hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en dirección Noroeste con distancia de 4.06 metros con ÁLVARO MUÑOZ POSADA hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en dirección Noreste con distancia de 19.61 metros con ANA ROSA LÓPEZ ARIAS hasta el vértice 001###. LOTE DE MAYOR EXTENSIÓN DEL CUAL HACEN PARTE EL ANTERIOR LOTE El predio antes descrito hace parte del predio de mayor extensión distinguido como lote No. 1 ubicado catastralmente en la Vereda La Aurora y según título de adquisición en el paraje La Unión o Morrogacho del Municipio de Municipio de Manizales, con una cabida de 171 metros cuadrados, distinguido con la ficha catastral No. 00-02-00-00-0010-0151-0-00-00-0000 y folio de matrícula inmobiliaria No. 100-44968 comprendido dentro de los siguientes linderos: ###Por el frente con la vía que conduce a la Granja en una longitud de 9 metros; Por un costado, en línea quebrada de 17 metros, así: con la propiedad de comprador José Rodrigo Castaño Ocampo, en una longitud de 12.50 metros y con la finca Santa Ana en una longitud de 4.50 metros; por el otro costado, con la casa del señor Hernando López en 17 metros; por el fondo, con el señor Álvaro Muñoz en 13 metros###. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el diario LA PATRIA el día domingo o en la EMISORA RCN de la ciudad. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C.G.P. en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Inciso 6 Art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazado que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD LÍTEM con quien se surtirá la notificacón. Manizales, Caldas, Julio 6 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
28-VIII-17-E14
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: OLGA ROCÍO OSORIO OSORIO. DEMANDADO: MARGARITA DUQUE DE ZULUAGA; ALEYDA, FANNY STELLA, LILIANA OSORIO OSORIO Y GERMÁN ZULUAGA DUQUE. PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170050200. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Se trata del predio denominado VILLA OLGA ubicado en la vereda Tablazo, del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 79.69 metros cuadrados y comprendido dentro de los siguientes linderos:###Del nodo o vértice 001 en coordenadas de Norte a Este en distancia de 10.61 metros con EDUARDO SALAZAR hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en coordenadas de Norte a Este en distancia de 14.89 metros con LILIANA OSORIO hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en coordenadas de Norte a Este en distancia de 10.69 metros con VÍA EL TABLAZO hasta el vértice 001###. LOTE DE MAYOR EXTENSIÓN El predio antes descrito hace parte del predio de mayor extensión denominado LOTE No. 3, ubicado en la Vereda Tablazo jurisdicción del Municipio de Manizales, con una cabida de 1.647 metros cuadrados aproximadamente, distinguido con la ficha catastral No. 00-02-00-00-0013-1015-0-00-00-0000 y folio de matrícula inmobiliaria No. 100-168277, comprendido dentro de los siguientes linderos: ###Norte, con predios 00-02-013-0199-000 en extensión de 47 metros, 00-02-013-0417-000 en extensión de 9 metros; Sur, con lote 2 en 47 metros aproximadamente y con predio 00-02-013-0198-000 en 10 metros aproximadamente; Oriente, con carretera a Manizales en 17 metros
aproximadamente; Occidente, con predios 00-02-013-0198-000 en 21.00 metros aproximadamente con carretera al Tablazo en 13 metros aproximandamente y con predios 00-02-013-0417-00 en 10.00 metros aproximadamente###. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el diario LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C.G.P., en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. (Inciso 6, art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer se les nombrará CURADOR AD LÍTEM, con quien se surtirá la notificación. Manizales, Caldas, Julio 24 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E15
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE VERBAL ESPECIAL - TITULACIÓN DE LA POSESIÓN CONSAGRADO EN LA LEY 1561 DE 2012. DEMANDANTE: WILBER FREDDY RUIZ ROJAS. DEMANDADO: PEDRO DUBEL, LEIDY JOHANA, LUZ ESMERALDA, JHON JAIRO RUIZ ROJAS y PEDRO PABLO RUIZ CASTRO Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICACIÓN: 17001400300720170039400. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Predio rural denominado CAMPO ALEGRE, ubicado en la Vereda Java, Sector Agua Bonita del Municipio de Manizales, Caldas, con una cabida de 8.937.94 metros cuadrados, alinderado así: ###Del nodo o vértice 001 en coordenadas Noreste en distancia de 11.57 metros con PEDRO PABLO RUIZ hasta el vértice 002, del nodo o vértice 002 en coordenadas Noreste en distancia de 8.66 metros con PEDRO PABLO RUIZ hasta el vértice 003, del nodo o vértice 003 en coordenadas Suroeste en distancia de 64.10 metros con FABIÁN RUIZ ROJAS hasta el vértice 004, del nodo o vértice 004 en coordenadas Suroeste en distancia de 152.02 metros con FAMILIA BERNAL hasta el vértice 005, del nodo o vértice 005 en coordenadas Norte en distancia de 58.31 metros con QUEBRADA hasta el vértice 006, del nodo o vértice 006 en coordenadas Noreste en distancia de 112.37 metros con FABIÁN RUIZ ROJAS hasta el vértice 001, punto de partida###. PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN El anterior lote hace parte del predio de mayor extensión así: Lote de terreno denominado No. 2 según la escritura pública No. 4094 del 30 de mayo de 2013 y denominado Lote No. 4 según el certificado de tradición de la matrícula inmobiliaria No. 100-146646, ubicado en el Paraje Agua Bonita, segregado de un predio de mayor extensión que se conoció como Java y que hoy se denomina Campo Alegre, con un área de 23.023 metros cuadrados, proveniente del lote de la vitrina de propiedad del señor VÍCTOR BERNAL MEJÍA, alinderado así: ### Partiendo de un mojón No. 6 ubicado sobre la quebrada Agua Bonita siguiendo agua abajo hasta el mojón No. 37 desembocadura de la quebrada Agua Bonita en quebrada Java, después siguiendo aguas arriba por la quebrada Java hasta el mojón número 13, ubicado al margen izquierdo de la carretera Manizales - Chinchiná, de este mojón carretera abajo hasta el mojón número 32 ubicado al margen izquierdo sobre la carretera Manizales - Chinchiná, de este mojón en línea al mojó mojón número 28, de este en dirección izquierda en línea al mojón número 29, después en línea recta al mojón número 27 y luego a la izquierda en línea recta al mojón número 26 y terminando en línea recta al mojón inicial número 6###. Este predio se distingue con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-146646 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales Caldas. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C.G.P; en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Inciso 6, art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD - LÍTEM, con quien se surtirá la notificacón. Manizales, Caldas, Julio 18 de 2017. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
27-VIII-17-E16
REMATES
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS, CALDAS AVISA Que en este Despacho judicial dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, adelantado por el señor OTONIEL JURADO HERNÁNDEZ en contra de la señora ROSA MARÍA AGUIRRE ARIAS, radicado con el número 2016-00156-00, ha señalado el día 12 de septiembre de 2017, a partir de las 9:00 a.m. como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble que se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, consistente en: Predio urbano ubicado en la carrera 3ª No. 10-07/09, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 102-716 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Aguadas. Dicho inmueble se encuentra avaluado en la suma de: $368.000.000. El señor ALONSO MEJÍA GALVIS, quien se localiza en este Municipio en la carrera 5 No. 5-31 poseedor del teléfono celular 3103727109, es el secuestre y está facultado para mostrar el bien inmueble objeto de remate. Será postura admisible, la que cubra el 70% del avalúo, o sea la suma de $257.600.000 y postor hábil, quien previamente consigne el 40% de dicho avalúo, o sea la suma de $147.200.000, en la cuenta de depósitos judiciales que posee este Despacho en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, ubicado en este Municipio. El presente listado, deberá ser publicado por la parte interesada en el Diario La Patria o El Espectador, el día domingo, con antelación no inferior a DIEZ días de la fecha señalada para el remate. Aguadas, Caldas, agosto 8 de 2017. LAURA PÉREZ PATIÑO. Secretaria.
27-VIII-17-H70160
JUZGADO CUARTO PROMISCUO MUNICIPAL
CHINCHINÁ - CALDAS
Palacio Municipal 6o. Piso, Tel. 8505165
LISTADO DE REMATE
EL JUZGADO CUARTO PROMISCUO MUNICIPAL DE CHINCHINÁ, CALDAS, ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se detalla se llevará a cabo la diligencia de REMATE del bien debidamente embargado, secuestrado y avaluado, que igualmente se describen: PROCESO: EJECUTIVO MIXTO. RADICADO: 17-174-40-89-004-2014-00213-00. DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO ÁNGEL ROMÁN (c.c. 9.845.197). CESIONARIO: HUMBERTO GIRALDO DUQUE (c.c. 10.242.557). DEMANDADO: MARTHA LUCÍA VALENCIA MARÍN (c.c. 24.624.112). FECHA DE REMATE: SEPTIEMBRE 19/2017. HORA: DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.). POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO. POSTURA: 70 % DEL AVALÚO. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-619. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES A REMATAR: CUOTA PARTE (50%): LOTE DE TERRENO RURAL MEJORADO CON CASA DE HABITACIÓN, UBICADO EN EL PARAJE "EL BAJO ESPAÑOL", JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHINCHINÁ, CALDAS DENOMINADO "LA FLOR", identificado con la ficha catastral 00-00-0009-0017-000, con un área de 5-0000 hectáreas, más o menos alinderado así: ### Por un costado, con terreno de herederos de PEDRO OSPINA; por otro costado, con terreno de JOSÉ BOTERO y por el pie con terreno de propiedad de GERARDO DUQUE ###. Matrícula inmobiliaria No. 100-619. AVALÚO: SETENTA MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 70.500.000.00). AVALÚO CUOTA PARTE: 50%: TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 35.250.000). Así mismo se reservan copias del mismo para el interesado realice su publicación en el diario LA PATRIA, el día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate. Actúa como secuestre la Sra. María Inés Cifuentes Nieto (Calle 11 No. 6-08 centro Chinchiná, Cel. 3148559686 - 3183416945). Fijado, hoy Veintidós (22) de Agosto de dos mil diecisiete (2017). DANIELA AGUIRRE SÁNCHEZ. Secretaria.
27-VIII-17-A84252
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400301020160007700. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: GILMA - MARÍN CAMPUZANO. NIT/CÉDULA: 24618718. DEMANDADOS: MAURICIO ANDRÉS PARRA OROZCO. NIT/CÉDULA: 10188452. FECHA DEL REMATE: octubre 10 de 2017. HORA: 3:00 P.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALúO DEL BIEN: Cuota del 25% avaluada en diecinueve millones treinta mil ciento veinticinco pesos ($19.030.125,00) M/Cte. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-6916 Cuota del 25%. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Se trata del 25% de un inmueble ubicado en la Urbanización Malabar Casa No. 116, Calle 67 E No. 42-49 Según factura de Predial y cuyos linderos y demás especificaciones, se encuentran detallados en la diligencia de secuestro y escrito de solicitud de medidas.
SECUESTRE: ANDRÉS FELIPE OSPINA ARDILA Tel. Cel. 313 767 0540. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el tÍtulo sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad, un día domingo. Cordialmente, ANDRÉs GRAJALES DELGADO. Secretario. 16636 Fecha Registro: 2017-08-22.
27-VIII-17-A84276
Ejecutivo Singular
Demandante: Banco Davivienda S.A.
Demandado: Didier Antonio Mejía Ospina
Rad: 2009-00097
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA CALDAS AVISA: Que ha señalado la hora de las 10:00 de la mañana, del día veintisiete (27) de septiembre de 2017 para que dentro del proceso ejecutivo singular de mínima cuantía, instaurado por el BANCO DAVIVIENDA S. A. contra el señor DIDIER ANTONIO MEJÍA OSPINA, radicado bajo el número 2009-00097 tenga lugar la diligencia de REMATE del siguiente bien inmueble:
La cuota parte de UN BIEN INMUEBLE, ubicado en el municipio de Risaralda, Caldas, con los siguientes linderos ### Por el frente aproximadamente con una extensión de 3.80 mts. con la carrera segunda; por el fondo aproximadamente con una extensión de 4.80 mts. y por un costado aproximadamente en una extensión de 16,10 mts. con propiedad de los señores CARLOS ENRIQUE ÁLVAREZ y MARÍA ESPERANZA BERMÚDEZ BONILLA; por el otro costado con un corredor de aprox. 4,10 mts. con un corredor donde se encuentra la entrada al segundo piso propiedad del señor LUIS ALBERTO MARÍN, de ahí hasta el fondo en una extensión de aprox. 12 mts. con propiedad de la señora ALICIA VANEGAS, por el cenit con propiedad del señor LUIS ALBERTO MARÍN ### con matrícula inmobiliaria 103-13445 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Anserma. AVALÚO PERICIAL DADO AL BIEN................$19.272.000 M/CTE. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo ($13.490.400 M/CTE.) y postor hábil, quien previamente consigne el 40% de éste ($5.396.160 M/CTE.). Para los fines indicados en el artículo 450 del Código General del Proceso, entréguese copia del presente aviso a la parte interesada para su publicación el día Domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate en la prensa de más amplia circulación del lugar de ubicación del bien "LA PATRIA" ó "La República" o en una radiodifusora local, cualquier día de la semana entre las 6 de la mañana y las 11 de la noche. La licitación empezará a la hora indicada, no se cerrará hasta después de transcurrida, por lo menos, una hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas para adquirir el bien subastado. Para los fines pertinentes se expide el presente aviso hoy cuatro (4) de agosto de dos mil diecisiete (2017). ROBERTO BAENA GÓMEZ. Secretario.
27-VIII-17-A84279
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300420090017100. PROCESO: Ejecutivo Mixto. DEMANDANTE: BANCO CAJA SOCIAL. NIT/CÉDULA: 86000073354. DEMANDADOS: MIRYAM - PARRA ARIAS. NIT/CÉDULA: 24309641. FECHA DEL REMATE: SEPTIEMBRE 28 DE 2017. HORA: 10:00 a.m. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: TRECE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($13.800.000). PLACA(S): NAM 432. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE:
Vehículo de placas NAM 432, automóvil chevrolet chevy C2, particular, color azul tipo sedan, modelo 2005. Las demás especificaciones están detalladas en la diligencia de secuestro y certificado de tradición. SECUESTRE: JHON JAIRO DUQUE ARIAS. CARRERA 10B No 55-04 La Carola. Tel 310- 8883338 - 3218902402. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. Cordialmente, ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 16507 Fecha Registro: 2017-08-15.
27-VIII-17-A84283
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300520130067400. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: BANCO CAJA SOCIAL. NIT/CÉDULA: 860.007.335-4. DEMANDADOS: JUAN CARLOS OSORIO Y MARTHA LUCÍA OCAMPO MUÑOZ. NIT/CÉDULA: 10.278.520 y 30.282.675. FECHA DEL REMATE: septiembre 22 de 2017. HORA: 9:00 AM. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: Siete millones trecientos setenta y siete mil pesos ($7.377.000,00) M/cte. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-48266. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Se trata del Local 243 que hace parte del Ed. San Andresito P. Horizontal, ubicado en la Avenida Bernardo Arango Vallejo, Calle 19 No. 17-32/36/40 de este Municipio y cuyas demás especificaciones se encuentran detalladas en la diligencia de secuestro y certificado de tradición. SECUESTRE: PETER DARÍO CARVAJAL Tel. 314 797 5038. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad, un día domingo. Cordialmente, ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 16514 Fecha Registro: 2017-08-16.
27-VIII-17-A84284
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
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AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300920150073000. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: BANCO CAJA SOCIAL S.A. NIT/CÉDULA: 860007335-4. DEMANDADOS: GILBERTO DE JESÚS - BEDOYA SÁNCHEZ NIT/CÉDULA: 4343233. FECHA DEL REMATE: SEPTIEMBRE 27 DE 2017. HORA: 10:00 a.m. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($6.289.500,00). MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-99629. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Local 116 con matrícula inmobiliaria 100-99629, ubicado en el Centro Comercial San Andresito, Calle 19 No 17-52, Manizales, las demás especificaciones están detalladas en la diligencia de secuestro y certificado de tradición. SECUESTRE: JHON JAIRO DUQUE ARIAS. CARRERA 10B No 55-04 La Carola. Tel 310- 8883338 - 3218902402. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el tíitulo sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. Cordialmente, ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 16480 Fecha Registro: 2017-08-15.
27-VIII-17-A84285
CARTEL DE REMATE
JUZGADO CUARTO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA - CALDAS ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se relaciona, se llevará a efecto la diligencia de remate del bien inmueble identificado con folio de matrícula No. 106-6633 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas: PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR. DEMANDANTE: CONJUNTO CAMPESTRE PALMA REAL. DEMANDADOS: LUIS HERNANDO BELTRÁN FRANCO. RADICADO: 17380-40-89-004-2014-00208-00. FECHA Y HORA REMATE: MARTES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017 A LAS 8:00 A.M. AVALÚO DEL 100%: $60.877.000. POSTURA ADMISIBLE: LA QUE CUBRA EL 70% DEL VALOR AVALUADO = $42.613.900. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL VALOR AVALUADO = $24.350.800. DURACIÓN: UNA HORA. DIRECCIÓN DEL INMUEBLE: LOTE 59A CONJUNTO CAMPESTRE PALMA REAL I ETAPA. SECUESTRE: LUIS FERNANDO ARIAS, Cel.: 3148967177. TIPO DE BIEN: “LOS LINDEROS DE ESTE PREDIO SE ENCUENTRAN CONTENIDOS EN LA ESCRITURA N. 1052 DE 23 DE OCTUBRE DE 1984 DE LA NOTARÍA ÚNICA DE LA DORADA. UN LOTE DE TERRENO CON UNA CABIDA APROXIMADA DE 3.581,00 METROS CUADRADOS, SU COEFICIENTE DE COPROPIEDAD ES DE 0,21% - LAS ÁREAS Y BIENES COMUNES ESTÁN CONTENIDOS EN LA ESCRITURA # 0310 DE 12-03-2005 NOTARÍA ÚNICA DE LA DORADA. NÚMERO DE CUENTA JUZGADO: 173802042004- BANCO AGRARIO. Para los efectos previstos en el artículo 450 del C. G. P., se fija el presente aviso en un lugar visible de la secretaría del juzgado a las 8:00 de la mañana del día 23 de agosto de 2017 y se entrega copia para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de la localidad, esto es, La Patria o La República, o en su defecto, una radiodifusora local, dicha publicación deberá hacerse el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Los interesados deberán presentar en la secretaría del Juzgado sus ofertas en sobre cerrado, el cual deberá contener el recibo de consignación del depósito previsto en el artículo 451 del C.G.P. JUAN CAMILO HOYOS ARANGO. SECRETARIO.
27-VIII-17-H70171
OTROS
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
SALAMINA, CALDAS
Carrera 7 No. 4-17 teléfono (096) 8596441
j01prfctosalamina@cendoj.ramajudicial.gov.co
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SALAMINA, CALDAS
AVISA Que dentro del proceso de Inhabilitación por discapacidad mental relativa, promovido mediante apoderado judicial por la señora Mónica Esperanza Valencia Osorío, se profirió la Sentencia No. 77 del 18 de agosto de 2017, en cuya parte resolutiva se dispuso: "Por lo anteriormente expuesto, el Juzgado Promiscuo de Familia de Salamina, Caldas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE - PRIMERO: Declarar a la señora Adiela Osorio López con cédula de ciudadanía N° 24.303.299, como sujeto con Discapacidad Mental Relativa, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. SEGUNDO: En consecuencia, Disponer que la señora Adiela queda inhabilitada para administrar y disponer del 75% de su pensión de vejez que percibe de COLPENSIONES. Tal porcentaje lo manejará en los términos de esta sentencia la consejera. TERCERO: Declarar que la señora Adiela puede disponer libremente del 25% de su pensión ordinaria y de sus mesadas adicionales que le entregará su consejera y podrá hacer con tal dinero lo que ella disponga, procurando satisfacer sus necesidades personales. CUARTO: Declarar que la señora Adiela Osorio López, queda inhabilitada para realizar todo tipo de negocios que estén relacionados con bienes inmuebles. Tampoco podrá hacer negocios que impliquen la firma de títulos valores, no podrá adquirir dinero a título de mutuo, no podrá hacer préstamos bancarios o a entidades financieras y en caso de requerirlos para su conveniencia lo hará por medio de su consejera. No podrá constituir gravámenes sobre su pensión ni constituir libranzas o negocios similares, por las razones expuestas en la parte motiva. QUINTO: Designar como consejera a la señora Mónica Esperanza Valencia Osorio, identificada con cédula de ciudadanía No. 25.102.859, y posesionarla del cargo. SEXTO: Eximir a la Curadora de prestar garantía. SÉPTIMO: Diferir la confección del inventario establecido en el artículo 86 de la ley 1306 de 2009, para cuando Adiela Osorio López adquiera bienes. La Consejera adquiere la obligación de informarlo al despacho y proceder de conformidad, por las razones expuestas en la parte motiva. OCTAVO. Disponer que la presente providencia se publique por aviso, la cual se insertará por una vez en el Diario La Patria, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 586 del Código General del Proceso. NOVENO: Ordenar la inscripción de esta sentencia en el registro civil de nacimiento de la señora Adiela Osorio López DÉCIMO: Abstenerse de condenar en costas".
Salamina, Caldas, agosto 22 de 2017. JUAN CAMILO HERNÁNDEZ OSORIO. SECRETARIO.
27-VIII-17-A84282
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
SALAMINA - CALDAS
Carrera 7 No. 4-17 teléfono (096) 8596441
Casa de la Justicia, Piso 2
j01prfctosalamina@cendoj. ramajudicial.gov.co
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SALAMINA CALDAS
AVISA Que dentro del proceso de jurisdicción voluntaria de Declaratoria de Interdicción Absoluta por discapacidad mental promovido por la señora MARTA INÉS TORO AGUDELO, a favor de LUIS CARLOS AGUDELO CASTAÑO, mediante sentencia del 09 de Agosto de 2017, se declaró la interdicción absoluta del señor LUIS CARLOS AGUDELO CASTAÑO y se le designó guardadora principal, providencia que en su parte resolutiva dispuso: FALLA- PRIMERO: DECLARAR la interdicción judicial definitiva por discapacidad mental absoluta del señor LUIS CARLOS AGUDELO CASTAÑO, identificado con la C.C. No. 4.561.482, nacido el 5 de noviembre de 1958 en la Merced Caldas, nacimiento inscrito en la Registraduría Municipal de La Merced, Caldas bajo el NUIP 4.561.482, INDICATIVO SERIAL No. 32031544, quedando en consecuencia privado de la administración de sus bienes. SEGUNDO: DESIGNAR como Curadora del discapacitado, a la señora MARTA INÉS TORO AGUDELO, identificada con cédula de ciudadanía N° 24.646.067. TERCERO: EXIMIR a la Curadora Principal, señora MARTA INÉS TORO AGUDELO, de prestar garantía. CUARTO: DIFERIR la confección del inventario establecido en el artículo 86 de la ley 1306 de 2009, para cuando LUIS CARLOS A GUDELO CASTAÑO adquiera bienes. La Curadora, adquiere la obligación de informarlo al despacho y proceder de conformidad, por las razones expuestas en la parte motiva, requiriéndola entonces para efectos de que aporte el certificado de tradición del inmueble como se dijo en la parte motiva. QUINTO: DISPONER que la presente providencia se publique por aviso, la cual se insertará por una vez en el Diario La Patria, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 586 del Código General del Proceso. SEXTO: DISCERNIR el con posterioridad al cumplimiento del numeral anterior. SÉPTIMO: ORDENAR la inscripción de esta sentencia en la Registraduría Municipal de la Merced, Caldas, lugar donde cargó a la guardadora y posesionarla una vez se haga presente en la secretaría del despacho, se encuentra registrado el nacimiento del discapacitado. OCTAVO: OFICIAR a la Secretaría de Salud del municipio de la Merced, Caldas, para efectos de la inscripción de la presente decisión en el libro de avecindamiento y demás fines pertinentes. NOVENO: DISPONER el seguimiento anual del presente proceso sin archivar el expediente, en aras de revisar la situación de la persona con discapacidad mental absoluta, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la ley 1306 de 2009. DÉCIMO: REQUERIR a la parte solicitante para que una vez se obtenga la pensión por parte del señor LUIS CARLOS AGUDELO CASTAÑO lo informe al despacho para los efectos pertinentes y como se dijo en la parte motiva de esta sentencia. Por su pronunciamiento oral lo decidido queda notificado en estrados y se indaga al apoderado de la solicitante si va a interponer algún recurso.-Teniendo en cuenta que la presente decisión no fue recurrida, se declara legalmente ejecutoriada.- No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y acta de lo sucedido será firmada en secretaría." Conforme a lo indicado en el numeral quinto de la sentencia y para darle cumplimiento al numeral 7º del artículo 586 del Código General del Proceso, se entregan sendas copias de este aviso a los interesados para que lo publiquen por una sola vez el día domingo, en el Diario la Patria. Salamina Caldas, Agosto nueve (09) del año dos mil diecisiete (2017). JUAN CAMILO HERNÁNDEZ OSORIO. Secretario.
27-VIII-17-A84286
ALCALDÍA MUNICIPAL
CHINCHINÁ - CALDAS
AVISO
El Alcalde Municipal de Chinchiná Caldas hace saber: Que la señora YOANA VELÁSQUEZ GUTIÉRREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 30.357.235 expedida en la ciudad de Chinchiná Caldas, mediante poder general otorgado en la notaría Segunda de Chinchiná bajo escritura pública No 251 del 30 de Marzo de 2017 a la señora DIANA MARITZA CARDONA GUTIÉRREZ identificada con la cédula de ciudadanía Número 30.234.833 allegó solicitud de titulación de un bien fiscal ocupado con vivienda de interés social, sobre el bien inmueble ubicado en el sector del Barrio Verdum IV etapa manzana F, lote No 14, de propiedad del Municipio de Chinchiná - sobre el cual se encuentra construida una casa de habitación identificada con NOMENCLATURA: con dirección calle 8c No 15-32 ubicado en el área urbana de la misma localidad. BARRIO VERDUM IV ETAPA, cuyo Código Catastral actualizado es: 175240100000000240001500000001- Código Catastral Anterior: 01-000-024-0001-001 y folio de Matrícula Inmobiliaria sin folio de matrícula inmobiliaria asignado por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Manizales, con un área de 78 m2, CUYOS LINDEROS ###NORTE: Predio número 01-00-0423-0004-000, en 6.20 metros, ORIENTE: Predio número 01-00-0423-0013-000 en 11,80 Metros: SUR: Calle 8C en 6.90 metros; OCCIDENTE-Predio número 01-00-0423-0015-000 en 11.85 metros. Según certificado No 00327975 expedido por Instituto Geográfico Agustín Codazzi el día 15 de febrero del 2011. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley 1001 de 2005, reglamentado por el Decreto 4825 de 2011 que establece: "Las entidades públicas del orden nacional cederán a título gratuito los terrenos de su propiedad que sean bienes fiscales y que hayan sido ocupados ilegalmente para vivienda de interés social, siempre y cuando la ocupación ilegal haya ocurrido con anterioridad al treinta (30) de noviembre de 2001. La cesión gratuita se efectuará mediante resolución administrativa a favor de los ocupantes, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos, será plena prueba de la propiedad. En ese sentido el Municipio de Chinchiná, hace un llamado a todas las personas que eventualmente puedan tener algún derecho sobre el bien inmueble que se pretende ceder a título gratuito, con el fin de que se presenten, ante la Alcaldía de Chinchiná (Caldas), dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del presente aviso para que ejerzan sus derechos. SERGIO LÓPEZ ARIAS. Alcalde Municipal - Chinchiná Caldas.
27-VIII-17-A84289
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Nombre de la persona citada
JHONY ALEJANDRO MARTÍNEZ GIRALDO
Cédula y/o Nit. del citado
C.C. No. 1023885639
Naturaleza del proceso
EJECUTIVO SINGULAR
Parte demandante
FUNDACIÓN COOMEVA Nit. 800208092-4
Parte demandada
JHONY ALEJANDRO MARTÍNEZ GIRALDO
Juzgado
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES - CALDAS
No. Radicación expediente
2017-075 AUTO A NOTIFICAR AUTO INTERLOCUTORIO 289 MEDIANTE EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO (09 DE FEBRERO DE 2017). DICHO EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. (ART. 108 C.G.P.). SI EL EMPLAZADO NO COMPARECE SE LE DESIGNARÁ CURADOR AD LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ART 293 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO.
28-VIII-17-H70170
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