EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA - PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTES: MARÍA GILMA VANEGAS AGUIRRE. DEMANDADO(S): PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: - Solar o lote de terreno, situado en el área urbana del Municipio de Villamaría - Caldas, en la Calle Séptima (7ª) carrera novena y décima (9ª y 10ª) consta de siete metros de frente, por once metros de centro y que linda ### Por el frente con la calle séptima; por un costado con propiedad de Celmira Ríos de Dávila; por otro costado con propiedad de la vendedora y por el centro con propiedad de la vendedora###. Sin folio de matrícula inmobiliaria. PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: En relación a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DÍAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, esto es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DÍAS a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, Junio 14 de 2013, Siendo las: OCHO DE LA MAÑANA (8 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. Secretaria. Se desfija: ----.
25-VI-C78383
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DE CÍRCULO DE VITERBO, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL DEL CAUSANTE EMILIANO BARTOLOMÉ MOSQUERA, identificado con la cédula de ciudadanía número, dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos noventa y siete (2.655.997) de Trujillo, Valle. Podrán hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, el señor EMILIANO BARTOLOMÉ MOSQUERA, tenía el asiento principal de sus negocios y residencia en el Municipio de Viterbo, su fallecimiento se produjo en el Municipio de Viterbo, el día 04, de Agosto, de 2010. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta No. 014 de fecha 19, de Junio de 2013, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico CORRESPONDIENTE, y en la radiodifusora LOCAL, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por término de (10) días. JAIME GIRALDO HERNÁNDEZ. NOTARIO.
25-VI-A75527
EDICTO
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los acreedores de la sociedad conyugal formada por los señores DIANA MARÍA VALENCIA QUINTERO y LUIS MARINO PEÑA ALZATE para que se presenten a hacer valer sus créditos en el proceso de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, seguido entre ellos en este despacho y a intervenir en tal carácter en la diligencia de inventarios y avalúos de los bienes sociales. Para los fines señalados en los artículos 589, 625 numeral 3º, 626 y 318 parte final inciso 2º, del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en un lugar visible de la secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días hábiles, hoy veintiséis (26) de febrero del año dos mil trece (2013) y sendas copias del mismo se entregarán a los interesados para su publicación por una sola vez en el diario LA PATRIA de amplia circulación local y por la radiodifusora local en el horario comprendido entre las seis de la mañana (6:00 a.m.) y las once de la noche (11:00 p.m.). Manizales, Caldas, febrero 26 de 2013. HORA 8:00 A.M. WILSON QUINTERO OROZCO. SECRETARIO.
25-VI-C78414
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezca a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA - PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTES: ALCIBIADES GALVIS VALENCIA. DEMANDADO(S): PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: Lote de terreno con casa de habitación ubicada en la calle 9ª No. 1-33 del Barrio Sacatín Viejo Municipio de Manizales y que según la escritura pública Nro. 1.800 del 3 de mayo de 2005, tiene los siguientes linderos: ###Por el oriente con propiedad de Gloria Inés García García en extensión de 29,50 metros; por el otro lado con predio del prominente vendedor, en una extensión de 29.50 metros; por el Norte, con el mismo vendedor Edgar Duque Gutiérrez y camino público que conduce al tanque, en una extensión de 6,50 en línea recta que está en la carretera que de La Linda conduce a la ciudad de Manizales###. Cuyos linderos actualizados son: ### Por el Oriente con propiedad de Gloria Inés García García en extensión de 29.50 metros; Por el Occidente con propiedad que se reserva al vendedor EDGAR DUQUE GUTIÉRREZ, en una extensión de 29.50, por el norte con el camino que conduce al tanque, (hoy calle 9 - A) en 8.00 metros; y por el sur en una extensión de 6.50 metros con la carretera vieja que de Manizales conduce a La Linda###. Sin folio de matrícula inmobiliaria. PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: En relación a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DÍAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, esto es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m y las 10:00 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DÍAS, a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, Junio 14 de 2013. Siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. Secretaria. Se desfija: ----.
25-VI-A75529
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CHINCHINÁ, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda del señor GREGORIO ANTONIO OROZCO LIZARAZO, para que lo hagan valer dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA "INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL", promovido a través de apoderado judicial por la señora FLOR DE MARÍA OROZCO LIZARAZO, admitida por auto del 17 de mayo de 2013. Para los fines indicados en el artículo 446 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto por el término de diez (10) días en lugar visible de la secretaría del juzgado y copia del mismo se le entregará al interesado par su publicación por una vez en el Periódico La Patria de Manizales que es de amplia circulación en este municipio. FIJADO HOY 13 DE JUNIO DE 2013. HORA 8:00 A.M. MANUELITA ARIAS GIRALDO. Secretaria.
25-VI-I3828
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE JAIME JIMÉNEZ MONTOYA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.213.959, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día viernes VEINTIUNO (21) DE JUNIO de 2013, mediante Acta número DOSCIENTOS (200). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el lunes veinticuatro (24) de junio de 2013, siendo las siete de la mañana 7:00 a.m y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75535
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) ALBERTO ANTONIO ARIAS CARDONA, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 1.201.856, expedida(s) en Manizales-Caldas, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio donde dejó(aron) sus bienes. Aceptado el trámite en esta Notaría el día lunes 24 de junio de 2013, mediante Acta número DOSCIENTOS UNO (201). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el lunes veinticuatro (24) de junio de 2013, siendo las siete de la mañana 7:00 a.m y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75534
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE ELVIA SALAZAR BUITRAGO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.428.003 expedida en Aranzazu - Caldas. Aceptado el trámite en esta Notaría el día lunes 24 de junio de 2013, mediante Acta número DOSCIENTOS CUATRO (204). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el lunes veinticuatro (24) de junio de 2013, siendo las siete de la mañana 7:00 a.m y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75532
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora en el trámite notarial de la sucesión del causante MARIO QUINTERO UPEGUI, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 7.482.927 DE BARRANQUILLA (A.), quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.200 del día 24 de JUNIO de 2013, y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 25 de JUNIO de 2013. Manizales, 24 de junio de 2013. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR.
25-VI-A75538
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) BLANCA CECILIA LOAIZA CÁRDENAS, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 25.211.338, expedida(s) en Supía, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y donde dejó(aron) sus bienes. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, 24 de Junio de 2013, mediante Acta número DOSCIENTOS DOS (202). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el lunes, 24 de junio de 2013, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75531
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante BLANCA INÉS o BLANCA ARBELÁEZ VDA. DE VALENCIA, poseedora de la cédula de ciudadanía número 24.722.123, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en el Municipio de MANIZALES - CALDAS, el día 17 de Agosto de 2012. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 77 DEL 20 DE JUNIO DEL AÑO 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75537
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE OBDULIO DE JESÚS LONDOÑO BETANCUR, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.215.628, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes veinticuatro (24) de Junio de 2013, mediante Acta número DOSCIENTOS TRES (203). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el lunes veinticuatro (24) de junio de 2013, siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
25-VI-A75533
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A los HEREDEROS INDETERMINADOS DE MARÍA LEONISA PARRA CEBALLOS y de MARÍA JUDITH PARRA CEBALLOS o MARÍA JUDITH PARRA DE VERA y A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir dentro del proceso de Pertenencia por Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio formulado por LUIS ALBERTO GÓMEZ en contra de los HEREDEROS INDETERMINADOS DE MARÍA LEONISA PARRA CEBALLOS y de MARÍA JUDITH PARRA CEBALLOS o MARÍA JUDITH PARRA DE VERA Y A LAS PERSONAS INDETERMINADAS para que se presenten a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Los inmuebles cuya prescripción se pretende son los siguientes: "Inmueble consistente en casa de habitación en común y proindiviso ubicado en el barrio Cervantes en la calle 48, distinguido con la nomenclatura urbana No. 47-06 hoy Carrera 29A No. 48 A- 07, identificado con ficha catastral No. 01-02-0377-0013-000, inscrito a folio de matrícula inmobiliaria No. 100-86423, comprendido dentro de los siguientes linderos: ### Por el frente en nueve varas con calle pública, por el Centro en igual número de varas (9) con lote de LUIS EDUARDO PARRA CEBALLOS, por cada uno de los constados con propiedad de ROSALINA RODRÍGUEZ y ERNESTO GIL en una dimensión suficiente para que tirada de una línea perpendicular sobre la pared anterior, que la casa con un solar o pequeño patio de dos varas por sus costados con el fondo de nueve varas". "Inmueble ubicado en la Carrera 29 A No. 48A-03, identificado con ficha catastral No. 01-02-0377-0002-000, inscrito a folio de matrícula inmobiliaria No. 100-87325, solar o pequeño patio que se encuentra ubicado en la misma dirección y se trata de un patio interior sobre el cual se encuentra construido parte de la casa de habitación tal y como se observa en la carta catastral###". Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de los emplazados, a quienes se les designará un curador ad-lítem, quien ejercerá el cargo hasta el final del proceso. En cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles, hoy diecinueve (19) de Junio de dos mil trece (2013), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) y se publicará por dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra, dentro del mismo término en el diario La Patria y por una radiodifusora de Manizales, en horas comprendidas entre las siete de la mañana (07:00 a.m.) y las diez de la noche (10:00 pm.). GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria.
25-VI-C78426
REMATES
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS, AVISA Que dentro del proceso que más adelante se relaciona, se llevará a cabo diligencia de remate del 50% del bien embargado, secuestrado y avaluado así: PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR CUANTÍA. DEMANDANTE: BANCO CAJA SOCIAL S.A. BCSC S.A. DEMANDADO: MARINA CASTAÑO DE ZULUAGA. PROPIETARIO: MARINA CASTAÑO DE ZULUAGA. FECHA REMATE: 09 DE JULIO DE 2013 A LAS 3.00 P.M. AVALÚO VEHÍCULO: $2.000.000.oo FL. 47. REMATE: 50% DEL VEHÍCULO. POSTURA ADMISIBLE: 70% DEL VALOR DE LA CUOTA PARTE (50%) DEL MENCIONADO VEHÍCULO. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL VALOR DE LA CUOTA PARTE (50%) A REMATAR. DURACIÓN: MÍNIMO UNA -1- HORA. SECUESTRE: JHON JAIRO DUQUE ARIAS. TELÉFONO: 875-76-68. DIRECCIÓN: CARRERA 10B No. 55C-04 Manizales. DESCRIPCIÓN DEL BIEN A REMATAR. El 50% de un -1- VEHÍCULO clase Automóvil, marca CHEVROLET, color MARRÓN, modelo 1992, SERIE 5PC28718, capacidad 04 pasajeros, servicio PARTICULAR, de placas WAE 041. AVALUADO EN LA SUMA DE DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.oo) M.CTE. Para los efectos del Art. 525 del C.P.C este aviso se publicará por una sola vez - con antelación no inferior a diez días en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad como lo es LA PATRIA y en una radiodifusora local como lo es RCN. Manizales, 06 de JUNIO de 2013. PAULA LORENA ALZATE GIL. SECRETARIA.
25-VI-A75536
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