EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO promovido por JOSÉ ALIRIO SERNA SERNA en contra de los señores ALICIA, FRANCISCO JAVIER, LESBIA ROSA, OLIVA, RUBÉN DARÍO, BLANCA LIGIA Y JOSÉ LIBARDO GARCÍA GARCÍA Y TULIA ROSA GARCÍA DE GARCÍA, para que se presenten a hacerlo valer a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El inmueble cuya prescripción se pretende es el siguiente: "Un lote de terreno con construcción ubicado en la vereda la Aurora, jurisdicción del Municipio de Manizales (Caldas) segregado de la Finca "El Jardín, lote de terreno que tiene una extensión superficiaria de 8.00 metros de frente, por 6.00 metros de fondo, aproximadamente, cuyos linderos se encuentran en la escritura pública 1619 del 20 de abril de 2005 de la Notaría Cuarta de Manizales." De conformidad con lo dispuesto en la citada escritura pública, los linderos del inmueble a Usucapir, son los siguientes: "///Por el frente, con la carretera; Por un costado, con propiedad de la misma vendedora; Por otro costado, también con propiedad de la misma vendedora, y Por la parte de atrás, linda con el señor José Libardo García García///." "El anterior inmueble hace parte de uno de mayor extensión, denominado Finca el Jardín, ubicado en la Vereda la Aurora del Municipio de Manizales, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-651 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales y código catastral 17001000200100143000, cuyos linderos son los siguientes: "Un lote de terreno con casa de habitación de una cabida aproximada de una hectárea y que linda de un mojón de piedra que se clavó a orillas del camino de Manzanares en la raíz de un árbol lechudo lindero con propiedad de Dora Nelly Gómez siguiendo en línea recta de para abajo lindando con la misma hasta un mojón de piedra que se clavó en un alambrado en la raíz de un árbol Dulumuco en Lindero con propiedad de Giraldo Gómez, siguiendo de travesía por el Alambrado lindando con el mismo hasta encontrar el Terreno con lindero de Elías Giraldo, lindando con éste hacia arriba hasta salir al camino de Manzanares, siguiendo por este camino abajo hasta el mojón primer lindero". Trascurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de los emplazados, a quienes se les designará un curador ad-lítem, quien ejercerá el cargo hasta el final del proceso. De conformidad con el artículo 407, numeral 7 del Código de Procedimiento Civil se fija este edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles y se publicará dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra, dentro del mismo término en el diario LA PATRIA y en una radiodifusora de Manizales, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana (7:00 a.m.) y las diez de la noche (10:00 p.m.). FECHA Y HORA FIJACIÓN: VEINTISÉIS (26) DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS (2016) a las 8 A.M. GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria.
30-IV-16-C82515
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MANZANARES, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN DE SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DEL CAUSANTE MARCO ANTONIO DÍAZ CARDOZO, identificado con la cédula de ciudadanía número once millones trescientos setenta y tres mil doscientos ochenta y uno (11.373.281) de Fusagasugá, Cundinamarca, quien tuvo como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Manzanares, Caldas, fallecido el señor MARCO ANTONIO DÍAZ CARDOZO el día seis (06) de abril de 2014 en el municipio de Manzanares, Caldas. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico LA PATRIA, y en la emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy veintitrés (23) de Abril de dos mil diez y seis (2016), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). CARLOS ALBERTO ARISTIZÁBAL MONTES. NOTARIO ÚNICO.
30-IV-16-H67717
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