EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO - CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el inmueble objeto del proceso materia de prescripción que más adelante se identificará, con el fin de que comparezcan a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro del proceso verbal de declaración de pertenencia agraria por prescripción ordinaria adquisitiva de dominio, instaurado por JORGE BUSTAMANTE RAMÍREZ, contra PERSONAS INDETERMINADAS. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: "Una finca territorial, ubicada en el paraje BOCAS DE SUPÍA, jurisdicción del Municipio de Riosucio - Caldas, denominado "LA CORTEZA", de una extensión según título de adquisición de 22 Has. 6.000 M2, finca mejorada con casa de habitación y pastos artificiales; de acuerdo a certificado catastral presentado, el área y denominación del inmueble son los siguientes: Área 24 Has. 4000 M2, AC 352, LA CORTEZA - MIS VIEJOS y cuyos linderos son los siguientes: ### Partiendo de un árbol, en la margen del río Cauca, en lindero con propiedad que fue de JOSÉ DEL CARMEN BECERRA, se sigue por el río Cauca en dirección a la desembocadura del río Supía en río Cauca (puntos 061, 062, 063, 064 del mapa), hasta llegar a dicha desembocadura (punto 065 del mapa), de la desembocadura del río Supía en río Cauca; se sigue río Supía arriba (puntos 065 en adelante), incluyendo los islotes que están dentro del cauce de éste, actualmente, se trata de lo que fue un islote, hoy es una parte del predio alinderada así: por un costado con el río Supía, por otros dos con la carretera y por otro con CAÑABRAVAL o plantación de caña (puntos 201, 202 a 221); siguiendo río Supía arriba como se indicó, se llega hasta encontrar una cerca de alambre de púas y siguiendo por dicha cerca, hasta la parte que es lindero con propiedad de FRANCISCO BECERRA; se sigue, hasta llegar a un punto (descrito en el mapa como "PORTADA BECERRA", punto anterior al 082); cerca que está en la margen izquierda del canalón de Guimaral, mirando en dirección de su nacimiento, se sigue por dicha cerca del alambrado (punto 082, 083 y 084 del mapa), hasta caer al citado canalón por este arriba hasta encontrar una mata de guadua (en el plano aparece como GUADUA 1) que está en la margen derecha del canalón; de aquí gira hacia el NOR OCCIDENTE y se sigue por una cerca de alambre y de árboles de mata ratón, hasta donde dicha cerca hace esquina punto este donde termina el lindero con propiedad de FRANCISCO BECERRA y empieza el lindero con propiedad de la Sra. OFELIA BUENO DE GARTNER (puntos 088, 089, 090, 091, 092, 102 y EMPAlME del mapa); de dicha esquina se sigue en dirección al OCCIDENTE, con el mismo alambrado hasta donde hace esquina (puntos 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109), hasta un punto que aparece en el mapa como "GARCÍAS", en el que empieza el lindero con propiedad de ALBERTO GARCÍA hoy ARMANDO DE JESÚS POSADA VELASCO; y se sigue girando en dirección hacia el SUR ORIENTE (puntos 111, 112, 113, 114), hasta un árbol mestizo (descrito en el mapa); de aquí se sigue el alambrado hacia el SUR (puntos 116, 117, 118 y 119), hasta encontrar una mata de guadua (punto descrito en el mapa); de aquí se siguen en dirección SUR, por una cerca de alambre (puntos 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128 129 del mapa) hasta una palma de chontaduro; de aquí, en dirección ORIENTE por un alambrado, (puntos 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139) hasta el punto donde se encuentra un alambrado que va de SUR a NORTE, sitio éste donde termina el lindero con propiedad de ARMANDO DE JESÚS POSADA VELASCO y empieza el lindero con propiedad de los herederos de ALFONSO GARCÍA (descrito en el mapa como punto 141 "GARCÍA"), se sigue en dirección al NORTE, lindando por estos con un alambrado (puntos 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149) hasta llegar al lindero con JOSÉ DEL CARMEN BECERRA al pie del cerro al otro extremo, hasta llegar al DIENTE DE ROCAS, más saliente que está frente al río Cauca con dirección a los alambrados de JOSÉ DEL CARMEN BECERRA, se sigue el alambrado, lindando con éste, hasta donde el cerro hace esquina; de aquí se sigue (puntos 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157), hasta llegar al lindero con GABRIEL PALACIO CAMPUZANO, de aquí se sigue en dirección NORTE (pasando por el punto 160) a caer a la vía de penetración de la vereda Mejial se sigue por la vía de penetración en dirección a la carretera Panamericana, es decir en dirección al ORIENTE (punto 161, obra, cabezote, punto 164, transversal, puntos 166, 167, 168) hasta llegar a la Carretera Panamericana, atraviesa la vía Panamericana más arriba del punto donde empieza la vía de penetración de la vereda Mejial y de allí se sigue en lindero con predio que fue de JOSÉ DEL CARMEN BECERRA, (puntos 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185); hasta el río Cauca, sitio donde se encuentra el árbol punto de partida###. TRADICIÓN: Dicho inmueble posee el folio de matrícula inmobiliaria No. 115-299 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio - Caldas y ficha o cédula catastral 000200020566000. TÉRMINO DE FIJACIÓN: Veinte días. FORMA: Fijado en lugar visible de la secretaría del juzgado, hoy martes veintisiete (27) de noviembre de dos mil doce (2012) a las ocho de la mañana. PUBLICACIÓN: Por dos veces con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario La Patria o República de Manizales y en la emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. ADVERTENCIA: Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las PERSONAS INDETERMINADAS, a quienes se les designará un Curador Ad Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente, tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Lo anterior de conformidad con el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. El Secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
6-XII-A74123
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) primeros días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el Trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada del causante EMILIANO ALIRIO CUERVO, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía número 17.036.749 de Bogotá D.C., fallecido en el Municipio de La Dorada, departamento de Caldas, el día 06 del mes de Abril de 2012, siendo el municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el presente trámite notarial, mediante el acta número 14 de fecha 28 de Noviembre de 2012, se ordena la publicación de este Edicto, en un lugar visible de esta Notaría, en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, o en su defecto en una de las que funcionan en la ciudad de La Dorada, Caldas, dando así cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988. El presente Edicto, se fija a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre de dos mil doce (2012) a las 8:00 A.M. La Notaria, ALBA LUCÍA RAMOS LÓPEZ.
6-XII-H58918
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante ÁLVARO DE JESÚS GALLEGO CARMONA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.208.035 de Manizales; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día seis (06) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento cuatro (104) del día cuatro (04) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy cuatro (04) de diciembre del año dos mil doce (2012), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). RAFAEL ARANGO HENAO. NOTARIO PRIMERO ENCARGADO MANIZALES (CALDAS).
6-XII-A74137
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante JOSÉ HILDER HENAO TANGARIFE, identificado con la cédula de ciudadanía número 10.267.312 de Manizales; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día quince (15) de noviembre de dos mil seis (2006), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento tres (103) del día cuatro (04) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy cuatro (04) de diciembre del año dos mil doce (2012), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). RAFAEL ARANGO HENAO. NOTARIO PRIMERO ENCARGADO MANIZALES (CALDAS).
6-XII-A74138
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de la Liquidación de Herencia SIMPLE E INTESTADA DEL CAUSANTE CARLOS ALBERTO BEDOYA MUÑOZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.228.566 de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaria el día Miércoles 05 de Diciembre de 2012, mediante Acta número quinientos treinta y seis (536). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaria el Miércoles 05 de Diciembre de 2012 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
6-XII-A74135
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de la causante GLORIA VALENCIA SERNA, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 24.301.768 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2.836 del día 04 de Diciembre de 2012 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 05 de Diciembre de 2012. Manizales, 04 de diciembre de 2012. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO.
6-XII-A74136
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante HERMINIA CASTAÑO DE BUSTAMANTE; fallecida el día siete (07) de noviembre del dos mil doce (2012), en el Municipio de Aguadas – Caldas, siendo éste el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cuarenta y uno (41) del día cuatro (04) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación en la Región, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cuatro (04) de diciembre del año dos mil doce (2012), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- JHON JAIRO CASTAÑO JIMÉNEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO AGUADAS (CALDAS). (Hay firma y sello).
6-XII-A74129
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de el causante LUIS ALBERTO GÓMEZ GALLEGO; fallecido en el Municipio de Aguadas, el día nueve (09) de enero del dos mil cuatro (2004); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Aguadas, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número treinta y ocho (38) del día dos (02) de noviembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación en la Región, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy dos (02) de noviembre del año dos mil doce (2012), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- JHON JAIRO CASTAÑO JIMÉNEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO AGUADAS (CALDAS). (Hay firma y sello).
6-XII-A74130
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de el causante ROBERTO VALENCIA MUÑOZ; fallecido el día veintiocho (28) de enero de mil novecientos noventa y siete (1997), en el Municipio de Palestina - Caldas; siendo el Municipio de Aguadas el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios.-, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cuarenta (40) del día cuatro (04) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación en la Región, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cuatro (04) de diciembre del año dos mil doce (2012), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- JHON JAIRO CASTAÑO JIMÉNEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO AGUADAS (CALDAS). (Hay firma y sello).
6-XII-A74131
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015