EDICTO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA CALDAS CITA Y EMPLAZA Al señor LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO, persona mayor de edad, quien tuvo su último domicilio en el municipio de La Dorada, Caldas, para que en el término de veinte (20) días y cinco (05) días más, comparezcan a este Juzgado por sí o por medio de apoderado a estar a derecho dentro del proceso de Presunción de Muerte por Desaparecimiento, instaurado por intermedio de apoderado judicial por MARÍA DORALBA BETANCOURT GAVIRIA. EXTRACTO DE LA DEMANDA En La Dorada, Caldas, el 26 de junio de 1993, desapareció el señor LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO, de quien a la fecha de presentación de la presente demanda, no se ha tenido ninguna noticia del citado. Desde la fecha en que LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO, desapareció han transcurrido más de dos años sin que se haya tenido noticias de su paradero, a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales (Fiscalía General de la Nación No. 38, Tomo II, folio 278 Radicado 1152 hoy Fiscalía Primera Seccional) como particulares no se ha podido obtener información sobre el paradero del mencionado señor LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO. Se advierte a todas las personas que tengan noticias o datos sobre su paradero y demás informes de el desaparecido LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO, que a la mayor brevedad posible lo pongan en conocimiento de este despacho. Se hace saber al desaparecido que vencido el término del emplazamiento no comparece, el Juzgado le designará un Curador Ad -Lítem para que lo represente y con quien se adelantará el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el artículo 97 del Código Civil, en concordancia con el artículo 657-2, 656-2 literales a y b del C.P.C., se fija el presente EDICTO, en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de veinte (20) días, siendo la hora de las ocho de la mañana (8:00) a.m. De hoy, veintiocho (28) de septiembre de dos mil doce (2012), del cual se entregan copias a la parte interesada para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional que se edite en la capital de la República y en un periódico y emisora de radio local, publicaciones que deberán hacerse por lo menos tres (3) veces, advirtiéndose que entre cada dos publicaciones debe transcurrir por lo menos cuatro (4) meses. La Dorada, Caldas, septiembre 28 de 2012. MARIO VÁSQUEZ ROJAS. Secretario.
3-X-C77193
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE RIOSUCIO, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la formación de los inventarios y avalúos de los bienes relictos pertenecientes a la sucesión del causante CARLOS RAMÍREZ, quien falleciera en el municipio de Riosucio, Caldas, el 26 de noviembre de 1995, siendo esta localidad el lugar donde tuviera su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Abierta y radicada en este despacho judicial mediante auto del 13 de septiembre de 2012. Para los efectos legales previstos en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en la cartelera de la secretaría del despacho por el término de DIEZ (10) DÍAS hoy 21 de septiembre de 2012, a las 08:00 horas, haciéndose entrega de las copias pertinentes a la parte interesada para su publicación en prensa y radio. MARÍA DEL CARMEN SUÁREZ MONROY. Secretaria.
3-X-H58339
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE ROSALBA GARCÍA DE QUICENO, aceptado el trámite en esta Notaría el día martes 02 de octubre de 2012, mediante acta NÚMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE (467). Para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día martes 02 de octubre de 2012, siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA (E) PAULA ANDREA CORTÉS VALENCIA. NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
3-X-A73717
EL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE LOS BIENES que más adelante se relacionarán y los cuales se pretende usucapir a través del proceso que también se indicará, con el fin de que concurran para que hagan valer aquellos: CLASE DE PROCESO: VERBAL - PERTENENCIA. NATURALEZA PROCESO: CIVIL. CLASE PRESCRIPCIÓN: EXTRAORDINARIA. DEMANDANTE: ANA ISABEL PULECIO DE VILLA. DEMANDADOS: LIGIA PULECIO DE TIBAQUIRA. PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN A USUCAPIR: Se trata de un lote de terreno identificado así. Se trata de un terreno ubicado en el municipio de Manizales, Caldas, con ficha catastral Nro. 17001010502280010000 y cuyos linderos particulares son los siguientes: ### Por el frente con la carrera 27; por un costado con propiedad de Gregorio Piedrahíta; por el otro costado con propiedad de Jesús María Llano, y por el centro con propiedad que es o fue de Jesús María Llano y Julio Salazar###. A dicho inmueble le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria número 100-4835 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, Caldas. El presente edicto se fija por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación, así: a) En un diario de amplia circulación en esta ciudad, (El Espectador, El Tiempo o La Patria), por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario, entre una y otra, dentro del mismo término. La página del diario en que aparezca cada publicación, se allegarán para su incorporación al expediente, y, b) En una RADIODIFUSORA de este mismo lugar o municipio, a elección de la parte interesada, por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario, entre una y otra, dentro del mismo término. Esta publicación se hará en las horas comprendidas entre las siete de la mañana (07:00 a.m.) y la diez de la noche (10:00 p.m.) y se dejarán sendas constancias autenticadas por parte del director o administrador de la emisora sobre su transmisión, las cuales se allegarán para ser incorporadas al expediente. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido el mismo respecto de las personas indeterminadas, a quienes se les designará un curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento podrán contestar la demanda dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente tomarán el proceso en el estado en que lo encuentren. Fecha y hora de fijación 28 SEPT. 2012 08:00 A.M. El Secretario, LUIS MARIO OSPINA RINCÓN.
3-X-A73718
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