EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los diez (10) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: VERBAL – SANEAMIENTO DE PEQUEÑA PROPIEDAD RURAL – PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, de naturaleza Agraria. DEMANDANTE: JHON JAIRO JARAMILLO NARANJO. DEMANDADO: JOSÉ REINALDO ROJAS ARIAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: ADQUISITIVA DE DOMINIO. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: Lote de terreno rural ubicado en el paraje de Aguabonita, vereda El Tablazo, jurisdicción del Municipio de Manizales, mejorado con casa de habitación plantaciones de café y plátano y comprendido dentro de los siguientes linderos:###De un mojón que esta al pie de un guayabo, en lindero con predio de Leopoldo Mesa; de aquí, línea recta a la mitad de un charco, de aquí por derecera, a una obra de desagüe que hay en la carretera; de aquí por la carretera hasta ponerse al frente de un derrumbe de aquí por derecera, hasta la boca de una chamba que une el derrumbe con el camino de herradura y camino arriba al primer lindero####. Los colindantes actuales son:###Por el Occidente el Camino Viejo, hoy carreteable que conduce de Aguabonita a la Siria, por el oriente la vía que de Manizales conduce al Municipio de Chinchiná (carretera vieja), Por el norte con Posesión y mejora de DIEGO ANTONIO CORREA y por el sur con finca de propiedad de la señora MARÍA ROGELIA CASTAÑEDA###. El nombre del predio es conocido con el nombre de “LOS ALPES” y según los títulos adquisitivos se le denomina “Las Delicias”. Se fija este EDICTO por el término de QUINCE (15) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado y en la ALCALDÍA DE MANIZALES. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: PERSONAS INDETERMINADAS y demás personas que se crean con derecho en el bien, se hará por TRES (3) VECES, con intervalos no menores de DOS (2) DIAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, esto es, de QUINCE (15) DÍAS en el Diario “La Patria” que es de amplia circulación en esta ciudad, o por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos DIEZ (10) DÍAS, a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán oponerse dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la fecha en que aquél quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, DOCE (12) de septiembre de DOS MIL DOCE (2012), a las 8 a.m. BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. SECRETARIA. (Hay firma y sello).
14-IX-A73585
EDICTO:
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el siguiente bien inmueble: Un lote de terreno con casa de habitación ubicado en la calle 27 carreras 7 y 8 número 7-27 barrio La Avanzada. "CONSTANTE DE 6.40 METROS DE FRENTE POR 9.60 METROS DE CENTRO TODO POCO MÁS O MENOS Y QUE LINDA: POR EL FRENTE CON LA CALLE 27, POR EL NORTE CON PROPIEDAD DE JOSÉ VARGAS ANTES DE LOS HEREDEROS DE TOMÁS VALLEJO, POR EL SUR CON PROPIEDAD DE JOSÉ VARGAS, ANTES DE JOAQUÍN VARGAS Y ERNESTINA VELÁSQUEZ, Y POR EL CENTRO CON PROPIEDAD DE FÉLIX BURITICÁ". Los linderos se encuentran en el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-31856; para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE INMUEBLE URBANO promovido por MARÍA CECILIA LÓPEZ VALENCIA en contra de MARCO FIDEL MARÍN MURILLO, IGNACIO MARÍN MURILLO, JOSÉ HORACIO MARÍN MURILLO, ADELA MARÍN MURILLO, ROSA MARÍA MARÍN MURILLO, MARGARITA MARÍN MURILLO, LUIS CARLOS MARÍN MURILLO, ESTHER JULIA MARÍN MURILLO, RAMÓN ELÍAS MARÍN MURILLO, ISAAC MARÍN MURILLO Y PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene que se les designará Curador Ad Lítem sino comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del juzgado por el término de veinte (20) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: Lunes diez (10) de septiembre de dos mil doce (2012), a las 8 a.m. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria. Desfijación: --------. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria.
14-IX-A73569
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN de la persona que seguidamente se identifica como causante: PROCESO: SUCESIÓN INTESTADA. CAUSANTE: AMPARO LÓPEZ DE HENAO. FECHA Y LUGAR DE FALLECIMIENTO: OCTUBRE 16 DE 2011 EN NEW YORK. ÚLTIMO DOMICILIO: MANIZALES. FECHA AUTO APERTURA: AGOSTO 29 DE 2012. FECHA FIJACIÓN EDICTO: 06 DE SEPTIEMBRE DE 2012 HORA 8:00 A.M. Para los efectos indicados en el Art. 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar público de la Secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación por una vez, en el Diario La Patria de Manizales y en una radiodifusora local. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
14-IX-A73574
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Intestada del causante JOSÉ BONEL CARDONA HIDALGO quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.310.817 quien falleciera en el Municipio de Salamina Caldas el día 16 de enero de 1993, cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas, donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial mediante Acta número 33 del 04 de Septiembre de 2012, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy cinco (05) días del mes de Septiembre del año dos mil Doce (2012) a las 8:00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
14-IX-H58135
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA CUARTA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante JESÚS MARÍA CHALARCA MURILLO, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 1.209.277 de Manizales, Caldas, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2.211 del día 13 de septiembre de 2012 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la Secretaría por el término de diez (10) días a partir del 14 de septiembre de 2012. Manizales, 13 de septiembre de 2012. MÓNICA HENAO HENAO. NOTARIA CUARTA ENCARGADA.
14-IX-C77098
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Intestada de la causante MARÍA EDIT HIDALGO DÍAZ quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.096.876 quien falleciera en el Municipio de Salamina Caldas el día 01 de enero de 2012, cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas, donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 35 del 06 de Septiembre de 2012, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Siete (07) días del mes de Septiembre del año dos mil Doce (2012) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
14-IX-A73586
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES ARNULFO DE JESÚS GÓMEZ RIVERA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.291.596 expedida en Guática y CECILIA GARCÍA ESCUDERO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.382.672 expedida en Anserma, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y donde dejó (aron) sus bienes relictos. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Jueves 13 de Septiembre de 2012, mediante Acta número CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS (446). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Jueves, 13 de Septiembre de 2012 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
14-IX-A73582
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE ANA QUINTERO CÁRDENAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.292.765 expedida en Manizales. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Jueves 13 de Septiembre de 2012, mediante Acta número CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE (447). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Jueves, 13 de Septiembre de 2012 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
14-IX-A73583
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE LUIS ÁNGEL OCAMPO SEPÚLVEDA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.391.857. Aceptado el trámite en esta Notaría el día JUEVES TRECE (13) DE SEPTIEMBRE de 2012, mediante Acta número CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO (448). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el JUEVES TRECE (13) DE SEPTIEMBRE de 2012 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
14-IX-A73584
OTROS
17-001-23-00-000-2012-00217-00
Acción Popular
A.I. 499
RESUELVE
ADMÍTESE la demanda que en ejercicio de la acción popular formulan los señores NUBIA ELCY CHILMA MANQUILLO y NÉSTOR MARIÑO ESPINOSA contra el MUNICIPIO DE MANIZALES - CALDAS, la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS 'CORPOCALDAS', y AGUAS DE MANIZALES S.A. E.S.P. En consecuencia, y conforme al artículo 21 de la Ley 472 de 1998, se dispone: 1. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE este proveído al señor ALCALDE de MANIZALES - CALDAS, al señor DIRECTOR de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS y al Gerente de AGUAS DE MANIZALES S.A. E.S.P. El traslado a los demandados será por el término de diez (10) días contados a partir del día siguiente al de la fecha de notificación, dentro de los cuales podrán contestar la demanda, solicitar la práctica de pruebas y proponer excepciones, conforme lo disponen los artículos 22 y 23 de la Ley 472 de 1998. 2. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE esta providencia al señor Defensor del Pueblo (artículo 13 de la Ley 472 de 1998), con entrega de fotocopia de la demanda y de este proveído (artículo 80, ib.). 3. NOTIFÍQUESE este auto al señor Procurador Judicial Administrativo (incisos 6 y 7, artículo 21, Ley 472 de 1998). 4. INFÓRMESE sobre la existencia del presente trámite a los miembros de la comunidad, a través de un medio masivo de comunicación para los fines del artículo 24 de la Ley 472 de 1998 (artículo 21, ib.). Para tal efecto la parte actora deberá allegar al expediente, en un término de diez (10) días contados a partir del día siguiente a la notificación de este proveído, constancia de la respectiva publicación. 5. ADVIÉRTASE a las partes y a los demás intervinientes, que dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término del traslado a las entidades demandadas, se citará a audiencia de pacto de cumplimiento y que la decisión se tomará dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de dicho término, en caso de no llegar a ningún acuerdo en dicha audiencia (artículo 22 y 27 de la Ley 472 de 1998) y de que no haya pruebas para practicar. 6. Por la Secretaría de la Corporación, OFÍCIESE a los Juzgados Administrativos de la ciudad con el fin de que se sirvan informar si se ha tramitado o se encuentra en trámite acción popular a través de la cual los accionantes aquí enunciados, pretendan la realización de un estudio detallado por parte de las entidades demandadas de la ladera Tembladeras y su conformación geográfica, a fin de detectar el curso
que toman las aguas allí presentes, por consiguiente se proceda a ejecutar las obras y planes de intervención y manejo que se recomienden a través de dicho estudio y de esta manera mitigar el presunto riesgo que se ocasiona a los habitantes de la carrera 10 A con calle 68 del barrio La Sultana. NOTIFÍQUESE AUGUSTO MORALES VALENCIA. Magistrado.
14-IX-H58141
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