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Si usted pretende contratar un avaluador de bienes o convertirse en uno, debe saber que desde el 2013, las reglas cambiaron para las personas que realizan este oficio.
Antes la Ley exigía cuatro requisitos: Idoneidad profesional, solvencia moral, independencia y responsabilidad. Un perfil que generaba incertidumbre e inconformidad entre los usuarios que requerían del servicio.
Según Ramón Madriña, uno de los fundadores del Autorregulador Nacional de Avaluadores (ANA), como respuesta a la crisis inmobiliaria del 2000 se expidieron una serie de normas con el fin de garantizar que los avalúos de los inmuebles fueran los correctos. "En esa época varias personas optaron por entregar sus viviendas, porque las tasas de interés hipotecarios superaron los máximos históricos.
Como el inmueble era la principal garantía, esta se perdió por el proceder incorrecto de los avaluadores, que no reportaron el valor real de las casas".
En el año 2013, el Congreso de la República expidió la Ley 1673 del 2013, que estableció responsabilidades y competencias de los avaluadores para prevenir riesgos sociales de inequidad, injusticia, ineficiencia, restricción del acceso a la propiedad, falta de transparencia y posible engaño a compradores y vendedores o al Estado. La normativa entró en vigencia el 24 de diciembre del 2017.
Pero, ¿qué es un avaluador y cuál es su importancia? Alexandra Suárez, directora ejecutiva del ANA, lo define como la persona natural, que posee la formación debidamente reconocida para llevar a cabo la valuación de un tipo de bien.
Su importancia radica en que el avalúo real y serio de un bien permite respaldar un crédito, o una venta sin riesgo de perder en cualquier negocio.
Normativa
Suárez señala que desde el 11 de mayo del 2018, los interesados en ejercer la actividad valuativa, deben estar registrados en una Entidad Reconocida de Autoregulación (ERA) y posteriormente en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA). En Colombia funcionan dos autoreguladoras: ANA y la Corporación Colombiana Autorreguladora de Avaluadores (ANAV).
Requisitos
Antes las personas solo presentaban su cédula ante la SIC y hacían su registro. La dinámica cambió y ahora exigen la formación académica, con siete áreas o especialidades.
1. El avaluador deberá acreditar en la especialidad que lo requiera la formación académica a través
de uno o más programas debidamente reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional que cubran las siguientes áreas:
a. Teoría del valor.
b. Economía y finanzas generales y las aplicadas a los bienes a avaluar.
c. Conocimientos jurídicos generales y los específicos aplicables a los bienes a avaluar.
d. Las ciencias o artes generales y las aplicadas a las características y propiedades intrínsecas de las propiedades.
e. Las metodologías generales de valuación y las específicas.
f. Métodos matemáticos y cuantitativos.
g- La correcta utilización de los instrumentos de medición utilizados para la identificación o caracterización de los bienes.
2. Podrán inscribirse en una o más categorías o especialidades señaladas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). A continuación las trece categorías:
* Inmuebles urbanos.
*Recursos naturales y suelos de protección.
*Edificación de conservación arqueológica y monumentos históricos.
*Maquinaria fija, equipos y maquinaria móvil.
*Obras de arte, orfebrería , patrimoniales y similares.
* Activos operacionales y establecimientos de comercio.
*Intangibles especiales.
*Inmuebles rurales.
*Obras de infraestructura.
*Inmuebles especiales.
*Maquinaria y equipos especiales.
*Semovientes y animales.
*Intangibles.
Alexandra Suárez recomienda a las personas que se especialicen en una de las categorías. Ya que podría tener mejor remuneración, pues no se le paga más por la cantidad sino por la calidad.
¿Dónde adquirir el título?
Solo dos entidades están habilitadas para entregar los títulos académicos y certificaciones de aptitud profesional:
* Instituciones de educación superior.
* Instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo humano.
El futuro evaluador debe tener cuenta que el pénsum de estudio reúna las siete áreas y que la institución esté adscrita a la Secretaría de Educación del municipio. Además, el curso debe ser presencial con una intensidad de 700 horas, de las cuales la mitad deben ser prácticas.
Si solicita a un avaluador
Si necesita el servicio para avaluar un bien, el avaluador debe mostrarle un certificado que expide la el Regsitro Abierto de Avaluadores. Hay dos formas de verificar el documento:
A. Un pin alfanumérico que se introduce en el campo: "Confirmar avaluador de la página www.raa.org.co".
2. Con un dispositivo o computador hacer una validación del código QR.
La persona confirmará si la información presentada coincide o no con el registro. En caso de no estar adscrita, deberá ser reportada a la SIC.
*No olvide revisar que el avaluador se reporte como activo. Pues de lo contrario, no podrá hacer la valoración.
* Identifique a la categoría que pertenece y si cuenta con los conocimientos idóneos.
Tenga en cuenta
* La SIC ya no expide certificaciones de inscripciones al registro y tampoco brinda información alguna sobre las personas que estaban inscritas en él.
*Desde ya tiene la obligación de inscribirse a una entidad reguladora, si no lo ha hecho, podía ejercer la actividad legalmente hasta el 10 de mayo de 2018.
Cifras
En Colombia hay cerca de 3 mil 140 avaluadores inscritos. De los cuales ANA tiene registrados 2 mil 965, y ANAV cuenta con 130.
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