En la actualidad existe un Consejo Superior de la Judicatura constituido por 6 magistrados (denominación que siempre se les ha reprochado porque no imparten justicia), cuyas funciones son estrictamente administrativas y son elegidos, tres por el Consejo de Estado, dos por la Corte Suprema de Justicia y uno por la Corte Constitucional. A nivel departamental existen también Salas Administrativas con funciones igualmente administrativas, cuyos magistrados son designados previo concurso de méritos.
Así mismo, a nivel nacional existe un director ejecutivo de Administración Judicial, y en el orden departamental, directores ejecutivos seccionales de Administración Judicial, estos de libre nombramiento y remoción nombrados por aquel con la participación de la Sala Administrativa Superior. Para mejor entendimiento, y solo con fines pedagógicos, aquellas Salas Administrativas hacen las veces de Consejo o Junta Directiva de la Rama Judicial, mientras que estos (los directores) hacen las veces de Gerentes, para ejecutar, en general, las decisiones de aquellas en lo que no corresponda a las Salas Administrativas Seccionales. A mi modo de ver, en cuanto a la actividad administrativa, esa organización ha funcionado bien, independientemente de las situaciones de índole individual en que se han visto involucrados miembros del Consejo de la Judicatura, y que, por supuesto, afectan la imagen y credibilidad de la Rama Judicial.
Lo anterior se pretende cambiar con la proyectada reforma a la Constitución, así, habrá una Comisión Nacional de Gobierno y Administración Judicial, la que estará integrada por: a) un Consejo de Gobierno Judicial; b) la Junta Ejecutiva de Administración Judicial; c) la Gerencia de la Rama Judicial, y d) la Dirección de la Magistratura, "y los demás órganos que establezca la Ley", lo que podría generar burocracia adicional innecesaria con destinación de recursos en detrimento de la función propiamente judicial. El primero (Consejo de Gobierno Judicial) tendrá a cargo la atribución de trazar los lineamientos administrativos de la Rama Judicial, similar a lo que hace hoy la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, manteniendo la ‘competencia residual legislativa’ en la regulación de trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales en los aspectos no previstos por el Legislador, tal como lo prevé el numeral 3 del artículo 257 del actual ordenamiento constitucional.
Dicho Consejo de Gobierno lo conformarán los presidentes de las Cortes Constitucional y Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, un representante de los magistrados de Tribunales y jueces, un representante de los empleados de la Rama Judicial (y otros de los que no hay claridad de quiénes serán), integración que generó polémica en el séptimo debate surtido en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes por la disparidad de criterios del Superministro con los Jefes de los ministerios del Interior y Justicia, impasse superado por intervención presidencial. Según se ha propuesto, tendrán un período de 4 años, pudiendo ser reelegidos por una sola vez.
Mucho se ha cuestionado la sustracción del oficio judicial de los magistrados de las Altas Cortes y tribunales, y ahora en una tarea que será harto dispendiosa para los voceros de aquellas corporaciones en el citado Consejo, tendrán que dedicarle esos máximos dignatarios muchísimo tiempo de sus labores cotidianas, cuando el país ha querido precisamente sustraerlos de las funciones administrativas que les asignó la Carta Política de 1991.
Debe hacerse notar que la jurisdicción ordinaria que encabeza la Corte Suprema de Justicia es una grandísima organización que no puede ser comparable con las jurisdicciones Constitucional (9 magistrados) y Contenciosa Administrativa juntas, por lo que cabría esperar -si no hay una regulación distinta-, que los representantes de funcionarios y empleados sean siempre de la primera, conformando la mayoría absoluta, y además repitiéndose funcionalmente lo que tanto se cuestiona.
Cuando sea publicado el próximo artículo de esta serie, seguramente ya se habrá surtido el último trámite en el Congreso de la República (falta el octavo debate en la plenaria de la Cámara), para entonces ya se tendrá certeza de cómo quedará el Gobierno de la Rama Judicial.
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