No con mucha frecuencia, pero sí de tarde en tarde, he leído la locución ‘en tanto’ empleada en reemplazo de alguna de las partes de la oración, especialmente de la conjunción, chapuceramente, por supuesto. En LA PATRIA del 15 de septiembre de 2016 encontré las siguientes muestras: “…con la gestión de las expresiones identitarias de nuestro patrimonio inmaterial, en tanto es éste el propósito general del proyecto”. “Consejo Internacional de Organizaciones de Festivales (…) con presencia activa en 120 países, sede mundial en París en tanto es órgano de consulta de la Unesco…” (Voz del lector, Efraín Góngora Giraldo). “…para el desarrollo de las ciudades inteligentes y la explosión del Internet en tanto crea objetos inteligentes…” (Felipe C. Londoño, rector de la Universidad de Caldas). La locución ‘en tanto’ o ‘entre tanto’ es adverbial (de tiempo) y significa “mientras, entretanto, ínterin o durante algún tiempo intermedio”: ninguna de estas acepciones es aplicable en las muestras glosadas. No es tarea fácil encontrar la palabra o locución que la reemplace, pues tendría uno que pensar como piensan sus redactores, pero lo intentaré: En la primera, la conjunción causal ‘porque’; en la segunda, la misma conjunción, o, tal vez, la locución condicional ilativa ‘ya que’, y en la tercera, el adverbio de tiempo ‘cuando’. ¿Adivinaría? Sea de ello lo que fuere, en esas frases, la locución ‘en tanto’ está fuera de lugar.
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El mismo señor Góngora Giraldo echa mano dos veces del adjetivo ‘identitario-a’ (la segunda: “…y apropiación social de las expresiones identitarias”). Es éste un adjetivo que no se encuentra en los diccionarios, porque está chapuceramente formado. En efecto, es de suponer que a la raíz del sustantivo ‘identidad’ (‘identid-’) se le añadió el sufijo ‘-ario’, convirtiendo la ‘de’ en ‘te’. En latín, la raíz sí es ‘identit-’, de ‘identitas-identitatis’ (‘identidad’). Pero, y aquí está la explicación principal, con ese sufijo, en castellano, de sustantivos se forman palabras que significan “entre otras cosas, profesión, boticario, ferroviario; persona a quien se cede algo, concesionario; y lugar donde se guarda lo significado por el elemento primitivo, campanario, relicario”. Ninguno de estos significados es el que el redactor quiso darle a su adjetivo, que, me imagino, debe ser ‘identificador-a’, éste sí castizo, pues el sufijo ‘-ado’ le da al adjetivo con él formado el significado de ‘agente’, por lo que la primera frase se puede cambiar por la siguiente: “…expresiones que identifican (identificadoras) nuestro patrimonio...”. Así sí nos entendemos.
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El desconocimiento de los significados de los tiempos de los verbos hace que los redactores los empleen de forma inapropiada, como lo hizo el redactor de este titular de pantalla del Canal Capital: “Amanecederos funcionarían en casas de familia de Ciudad Bolívar” (Noticiero, 16/9/2016). Esta oración no expresa la noticia real, pues, con el solo verbo en pospretérito (potencial simple), quiere decir que, dadas determinadas circunstancias, en esas casas ‘funcionarán’ amanecederos, aún no activos. En el caso, porque existe la posibilidad de que esos negocios ya ‘estén’ operando, se requiere el verbo ‘estar’ (“permanecer o hallarse con cierta estabilidad en un lugar, etc.”), en el mismo tiempo (pospretérito), y el gerundio del verbo que la ejecuta, así: “Amanecederos estarían funcionando…”. De este modo, el titular sí expresa el hecho probable que el noticiero quiso divulgar.
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El 19 de agosto de 2011, el editorialista de LA PATRIA escribió: “…los altos tribunales se han abrogado el derecho…”. Por descontado, le hice la necesaria glosa, pero… Cinco años después, el 8 de septiembre de 2016, el editorialista (¿el mismo?) de nuestro diario redactó: “…llegando incluso a abrogarse la potestad de ordenar la rectificación de una información…”. El verbo ‘abrogar’, del latino ‘abrogare’ (‘abrogar, anular, abolir, quitar, suprimir’) significa en castellano ‘abolir, revocar’, es sólo transitivo (nadie se abroga algo) y se usa en Derecho; ‘arrogarse’, en cambio, el verbo apropiado en los editoriales comentados, quiere decir “atribuirse, apropiarse. Se usa referido a cosas inmateriales, como jurisdicción, facultad, etc.”. Como transitivo, este verbo se emplea en Derecho con la siguiente acepción: “Adoptar o recibir como hijo al huérfano o al emancipado”. ¿Será utopía desear que todos los redactores utilicen un auxiliar importantísimo llamado diccionario?
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