B. Eugenia Giraldo
LA PATRIA | MANIZALES
La sorpresa de Juliana fue enorme cuando la entidad a la que ingresó a su hijo, de dos años, a urgencias y horas después a hospitalización, le comunicó que debía cancelar $2 millones por los dos días que estuvo internado. Luego, el hospital le comunicó que le daba un mes de plazo para cancelar la deuda y ayer le permitió sacar al niño del centro asistencial.
La mujer está afiliada a una EPS hace menos de un mes como cotizante, por eso la entidad le manifestó que por llevar poco tiempo en la EPS, el servicio solo le cubría urgencias. Juliana expresa que no tiene cómo pagar esa suma y que de haberlo sabido no hubiera permitido el traslado del niño a hospitalización.
Según lo explica el médico y abogado José Jesús Ramos Giraldo, director del posgrado de Seguridad Social de la Universidad de Caldas, la entidad no puede hacer esos requerimientos a la usuaria. "No importa si la mamá se afilió ayer o antier. En primer lugar es un niño, segundo fue una urgencia vital y fue tan vital que les tocó hospitalizarlo. Este niño está cubierto por la salud, bien sea por el régimen general o por el Estado, a través del Municipio o la Dirección Territorial del Departamento".
Manifiesta Ramos que en este caso la entidad, llámese EPS u hospital, está vulnerando un derecho y agrega que no es el único que sucede, pues se han dado casos que cuando el usuario cambia de EPS, la entidad nueva lo vincula como si llegara al sistema por primera vez. "Esto no debe suceder porque la persona ya ingresó al sistema tiempo atrás, por eso lo deben atender sin ninguna restricción".
Ramos Giraldo comenta sobre otros eventos en los que se vulnera el derecho a la salud. "Hay personas pendientes de una cirugía y luego de un cambio de EPS los obligan a hacer todo el proceso para poder recibir el servicio", expone el médico.
Frente a estas situaciones el médico y abogado Ramos Giraldo le explica a los lectores de LA PATRIA los derechos y deberes que tienen los usuarios del sistema de salud.
Derechos
1. Cuando la persona se afilia por primera vez a una EPS ingresa al Sistema General de la Seguridad Social en Salud, que es uno solo y está regulado por la Ley 100 de 1993. Es en ese momento que adquiere los derechos y deberes con la EPS.
2. En el primer mes el usuario tiene derecho al servicio de urgencias vital y posteriormente tiene derecho a consulta externa y a todo lo que compete a la seguridad social.
3. La urgencia vital la deben atender en cualquier hospital o clínica, esté o no esté afiliada la persona. Si tiene la afiliación a una EPS se le pasa la cuenta.
4. Si la persona no es usuaria de una EPS, no está en el Régimen Subsidiado ni tampoco en el régimen vinculado y tiene una urgencia vital que obligó hospitalización, en un segundo nivel hacia arriba responde el departamento y si es menor nivel responde el municipio.
5. En el caso de los niños, ellos gozan de unos derechos fundamentales, entre ellos la salud y como tal no tiene ningún condicionamiento para prestársela. Por eso cualquier entidad lo debe atender, máxime si es una urgencia. Lo mismo sucede con los ancianos.
6. Los derechos para los beneficiarios son exactamente iguales. El afiliado tiene unos beneficiarios por ley. En la nueva reforma también se pueden afiliar hermanos e inclusive a los hijos, menores de 12 años, del cónyuge. En este último caso el beneficiario debe hacer unos copagos mayores.
7. Con respecto a las citas, las EPS no pueden demorar la atención no más de tres días, que se pueda llegar al médico cuando la persona tiene la enfermedad.
8. Cuando el empleador no paga la seguridad social, la Corte ha dicho que el usuario no tiene por qué responder por esa situación y es el empleador el que debe responder. La EPS también debe demostrar que ha enviado requerimientos para el pago. Tampoco la EPS puede dejar de atender al usuario cuando manifiesta que el empleador no ha cancelado el aporte.
9. El usuario también tiene derecho a escoger su médico y a conocer con anticipación quién le va a practicar una cirugía, en caso de requerirla.
Deberes del usuario
El primero y fundamental es el autocuidado, le siguen:
* En el caso del régimen contributivo, cancelar la cuota moderadora.
* Acudir con tiempo y respetar el horario de las citas.
* Acatar las órdenes médicas.
* Hacer uso racional del sistema.
"Mientras tengamos usuarios pasivos y que no reclaman sus derechos, esos problemas no van a terminar. Aquí se burlan del paciente en una forma vulgar", José Jesús Ramos.
Recuerde que cuando usted ingresa a urgencias la atención no es por turnos, sino por quien llegue con la urgencia más vital.
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